6 de Diciembre de 2003
« El Papa sigue luchando contra el comunismo | Principal | Shirin Ebadi o el individuo contra el Estado »
Bitácora de Juan Ramón Rallo Julián
¿Larga vida a la Constitución?
Uno de los espectáculos más tristes que puede contemplar un liberal es observar como la plétora de compañeros que luchan por la libertad se empecinan en negar la posibilidad de reformar la Constitución por contener la intocable unidad nacional. Sin embargo, cualquier persona mínimamente liberal debiera clamar por, si no abolir, reformar de arriba abajo este engendro socialista que hoy cumple 25 años. Veamos algunos artículos de inspiración claramente intervencionista y antiliberal:
18.4 La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.
El Estado garante del honor...¿de qué honor? Buena excusa para limitar la informática, buena excusa para poder limitar cualquier medio de información que se oponga a los intereses del poder.
20.3 La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
Por una lado limita el uso de la informática y por otro se crea y se consagra sus propios altavoces de manipulación pura y dura. El déficit es un corolario inevitable, pero que no expone la auténtica raíz del conflicto de los medios de comunicación públicos: vender las mentiras del Estado.
27.1 Todos tienen el derecho a la educación
Evidentemente todos tenemos el derecho a que nadie nos impida, ni siquiera el Estado, ser educados; es una prolongación del derecho natural a la libertad. Cosa bien distinta es el derecho a que otros me paguen la educación. Nadie tiene derecho a expoliar la propiedad ajena. Ni aunque lo santifique la Constitución.
27.4 La enseñanza básica es obligatoria y gratuita
¿Querrá decir que los maestros no recibirán salario, que los constructores edificarán escuelas de manera desinteresada, o que las editoriales regalarán los libros de texto? En caso contrario, la gratuidad de la educación no se sostiene; sólo expresa otro camino para financiarla. La cuestión, por tanto, no reside entre si la educación debe ser o no gratuita, sino si deben pagarla los usuarios o todo el mundo, con independencia de que la disfrute. La obligatoriedad de la educación aparece, por otra parte, como el mejor mecanismo de promover desde tierna edad la institucionalización de las masas.
27.5 Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes
Este artículo nos resuelve la duda planteada en los anteriores 27.1 y 27.4: el derecho a la educación gratuita significa el derecho a la coacción colectiva en el pago de la misma.
27.8 Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes
Aquí, en cambio, entramos en colisión con la interpretación más liberal que pudiera otorgársele al artículo 27.1. La homologación del sistema educativo supone la nacionalización de facto, ¿se imaginan que el Estado homologara los contenidos de los medios de comunicación privados? Poca diferencia existe con el hecho de que el Estado delimite las bases culturales de sus súbditos.
28.2 Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad
No existe la mentada ley de huelgas, tampoco se la reclama. El derecho a huelga representa otro de esos dislates que tratan de garantizar una protesta laboral sin riesgos. Un derecho a la huelga, en ningún caso, puede significar un derecho a imposibilitar la ruptura de un contrato de trabajo.
30.1 Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España
Sin comentarios.
30.2 La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria
Hoy no existe la mili; bien cierto. Pero que nadie se equivoque, nuestra magnífica Constitución no impide que pueda volver a existir o que pueda reimplantarse una solidaria "prestación social sustitutoria"
31.1 Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio
Esto supone la legalización del robo bajo determinados supuestos de solemnidad. Por cierto, ¿qué se entiende por confiscatorio?
31.2 El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía
Atendiendo a la eficiencia el gasto público tendría que suprimirse. Mención aparte se merece el eufemismo "recursos públicos" Creía que eran recursos privados coercitivamente conseguidos...quizá público sea, al fin y al cabo, un buen calificativo.
33.2 La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes
Es decir, el Estado, como exégeta de la sociedad, podrá delimitar a su gusto estos derechos.
33.3 Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.
Enlaza con el 33.2. En realidad, supone la eliminación de facto de la propiedad privada. El propietario es quien tiene la capacidad de decisión última sobre un determinado objeto. Como vemos, a la luz del presente artículo, la capacidad de decisión última residirá siempre en el Estado; incluso para autoexcluirse de manera caritativa en algunos casos. El 33.3 presenta las bases para una potencial nacionalización de toda propiedad.
37.1 La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios.
Reminiscencias del corporativismo mussoliniano y del marxismo cañí. El que dos cuerpos o clases, empresarios y trabajadores, puedan negociar convenios vinculantes para todas las empresas de un sector, demuestra la ignorancia y la mala fe de ciertos representantes públicos. Una apuesta decidida por la equidad... en la miseria.
38 Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación.
No es necesario que los poderes públicos protejan a las empresas, basta con que no las ataquen con amenazas tan absurdas como la planificación quinquenal.
40.1 Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.
Toda la economía, todos los individuos, deben orientarse hacia el mismo fin. No importan los fines que empresarios y trabajadores libremente hayan concebido. Lo importante es el pleno empleo(¿incluso para quiénes no quieren trabajar?¿incluso para quiénes no acepten los bajos sueldos que del pleno empleo pueden derivarse?) Las consabidas bazofias de progreso social y de una renta más equitativa no requieren mayores comentarios. El progreso es una categoría subjetiva, los poderes públicos son incapaces de hacer progresar a todos los miembros de una sociedad por la simple razón de que no pueden conocer qué circunstancias les hacen progresar. En cuanto a la renta más equitativa; como se preguntaba Hayek, ¿equitativa hasta qué punto?
43.1 Se reconoce el derecho a la protección de la salud.
Los comentarios que he realizado en el artículo 27.1 con respecto a la educación son perfectamente aplicables en este punto.
43.2 Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto
Más de lo mismo.
44.1 Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.
¿A qué cultura tenemos derecho? ¿Es cultura Crónicas Marcianas? ¿Es cultura Salsa Rosa? ¿Es cultura el cine español? ¿Es cultura El Quijote? ¿Es cultura la Acción Humana de Mises? El hecho de que los poderes públicos promuevan el acceso a "la cultura" precisa de una definición previa de qué es y de qué no es cultura. Un poder demasiado omnímodo como para que le sea atribuible al Estado.
44.2 Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.
El hecho de promover la ciencia implica conocer la dirección hacia la que deben dirigirse los descubrimientos científicos; es más, implica conocer cuál debe ser el objeto a descubrir. Sólo la empresarialidad tiene incentivos para arriesgar su propiedad en oportunidades de beneficio; no así el Estado, que no dispone de la información ni de los incentivos necesarios para ello.
45.1 Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo
La parodia ecologista toma cuerpo en la Constitución. El medio ambiente está al servicio de ser humano, no al revés como establece el presente artículo.
45.2 Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva
La racionalidad de los recursos se refiere a la racionalidad de los medios. Sin embargo, para determinar la racionalidad de un medio debe conocerse el fin al que se dirige. El Estado no puede conocer cuáles son los fines de 40 millones de súbditos. Sólo podrá velar por la utilización racional de los recursos naturales si el Estado nos impone sus fines.
47. Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos
Claro que tenemos derecho a comprar una vivienda, pero no, como hemos comentado antes, derecho al dinero ajeno con el que queremos comprar una vivienda. Por tanto, sólo hay dos alternativas para cumplir este mandato: o se permite atentar contra la propiedad privada de otros o se legaliza el esclavismo de constructores y promotores.
50. Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio
Resulta irónico que este artículo dé lugar a un sistema público de pensiones que sólo significará a largo plazo la quiebra del mismo y la desatención de muchísimos ciudadanos que, desconociendo esta previsión, habían obviado la necesidad de unas pensiones privadas.
51.1 Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
Los consumidores se protegen ellos mismos. No necesitan ninguna autoridad suprema que les indique cómo deben actuar o qué deben comprar.
51.2 Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquéllos, en los términos que la ley establezca
El mito de la información perfecta como requisito de la competencia perfecta. Precisamente, si el consumidor no puede disponer de toda la información del mercado(información en continua y revolucionaria creación, información que sólo adquiere esta categoría cuando es descubierta y utilizada), el Estado será incapaz de sistematizarla y analizarla. Sólo Dios sería capaz de ello. Con todo, si la información fuera perfecta, las oportunidades de beneficio se esfumarían, con el consiguiente colapso del mercado.
Estos artículos sólo suponen una pequeña muestra del contenido marxista de nuestra Carta Magna. Visto lo visto, sólo bajo ciertas condiciones de extrema generosidad o de extrema embriaguez podría aseverarse, como muchos hacen, que nos ha permitido vivir en libertad. Lógicamente, me reafirmo en mi tesis inicial; ignoro cómo tantos liberales transigen en sacrificar la defensa de estos vilipendios a nuestras libertades para santificar la indivisibilidad de España. Ningún mito holístico justificará jamás la violación de la libertad. Tampoco en el caso de nuestra socialista Constitución. Tampoco en su vigésimo quinto aniversario.
18.4 La ley limitará el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de los ciudadanos y el pleno ejercicio de sus derechos.
El Estado garante del honor...¿de qué honor? Buena excusa para limitar la informática, buena excusa para poder limitar cualquier medio de información que se oponga a los intereses del poder.
20.3 La ley regulará la organización y el control parlamentario de los medios de comunicación social dependientes del Estado o de cualquier ente público y garantizará el acceso a dichos medios de los grupos sociales y políticos significativos, respetando el pluralismo de la sociedad y de las diversas lenguas de España.
Por una lado limita el uso de la informática y por otro se crea y se consagra sus propios altavoces de manipulación pura y dura. El déficit es un corolario inevitable, pero que no expone la auténtica raíz del conflicto de los medios de comunicación públicos: vender las mentiras del Estado.
27.1 Todos tienen el derecho a la educación
Evidentemente todos tenemos el derecho a que nadie nos impida, ni siquiera el Estado, ser educados; es una prolongación del derecho natural a la libertad. Cosa bien distinta es el derecho a que otros me paguen la educación. Nadie tiene derecho a expoliar la propiedad ajena. Ni aunque lo santifique la Constitución.
27.4 La enseñanza básica es obligatoria y gratuita
¿Querrá decir que los maestros no recibirán salario, que los constructores edificarán escuelas de manera desinteresada, o que las editoriales regalarán los libros de texto? En caso contrario, la gratuidad de la educación no se sostiene; sólo expresa otro camino para financiarla. La cuestión, por tanto, no reside entre si la educación debe ser o no gratuita, sino si deben pagarla los usuarios o todo el mundo, con independencia de que la disfrute. La obligatoriedad de la educación aparece, por otra parte, como el mejor mecanismo de promover desde tierna edad la institucionalización de las masas.
27.5 Los poderes públicos garantizan el derecho de todos a la educación, mediante una programación general de la enseñanza, con participación efectiva de todos los sectores afectados y la creación de centros docentes
Este artículo nos resuelve la duda planteada en los anteriores 27.1 y 27.4: el derecho a la educación gratuita significa el derecho a la coacción colectiva en el pago de la misma.
27.8 Los poderes públicos inspeccionarán y homologarán el sistema educativo para garantizar el cumplimiento de las leyes
Aquí, en cambio, entramos en colisión con la interpretación más liberal que pudiera otorgársele al artículo 27.1. La homologación del sistema educativo supone la nacionalización de facto, ¿se imaginan que el Estado homologara los contenidos de los medios de comunicación privados? Poca diferencia existe con el hecho de que el Estado delimite las bases culturales de sus súbditos.
28.2 Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad
No existe la mentada ley de huelgas, tampoco se la reclama. El derecho a huelga representa otro de esos dislates que tratan de garantizar una protesta laboral sin riesgos. Un derecho a la huelga, en ningún caso, puede significar un derecho a imposibilitar la ruptura de un contrato de trabajo.
30.1 Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España
Sin comentarios.
30.2 La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria
Hoy no existe la mili; bien cierto. Pero que nadie se equivoque, nuestra magnífica Constitución no impide que pueda volver a existir o que pueda reimplantarse una solidaria "prestación social sustitutoria"
31.1 Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio
Esto supone la legalización del robo bajo determinados supuestos de solemnidad. Por cierto, ¿qué se entiende por confiscatorio?
31.2 El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos, y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía
Atendiendo a la eficiencia el gasto público tendría que suprimirse. Mención aparte se merece el eufemismo "recursos públicos" Creía que eran recursos privados coercitivamente conseguidos...quizá público sea, al fin y al cabo, un buen calificativo.
33.2 La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes
Es decir, el Estado, como exégeta de la sociedad, podrá delimitar a su gusto estos derechos.
33.3 Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes.
Enlaza con el 33.2. En realidad, supone la eliminación de facto de la propiedad privada. El propietario es quien tiene la capacidad de decisión última sobre un determinado objeto. Como vemos, a la luz del presente artículo, la capacidad de decisión última residirá siempre en el Estado; incluso para autoexcluirse de manera caritativa en algunos casos. El 33.3 presenta las bases para una potencial nacionalización de toda propiedad.
37.1 La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios.
Reminiscencias del corporativismo mussoliniano y del marxismo cañí. El que dos cuerpos o clases, empresarios y trabajadores, puedan negociar convenios vinculantes para todas las empresas de un sector, demuestra la ignorancia y la mala fe de ciertos representantes públicos. Una apuesta decidida por la equidad... en la miseria.
38 Se reconoce la libertad de empresa en el marco de la economía de mercado. Los poderes públicos garantizan y protegen su ejercicio y la defensa de la productividad, de acuerdo con las exigencias de la economía general y, en su caso, de la planificación.
No es necesario que los poderes públicos protejan a las empresas, basta con que no las ataquen con amenazas tan absurdas como la planificación quinquenal.
40.1 Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.
Toda la economía, todos los individuos, deben orientarse hacia el mismo fin. No importan los fines que empresarios y trabajadores libremente hayan concebido. Lo importante es el pleno empleo(¿incluso para quiénes no quieren trabajar?¿incluso para quiénes no acepten los bajos sueldos que del pleno empleo pueden derivarse?) Las consabidas bazofias de progreso social y de una renta más equitativa no requieren mayores comentarios. El progreso es una categoría subjetiva, los poderes públicos son incapaces de hacer progresar a todos los miembros de una sociedad por la simple razón de que no pueden conocer qué circunstancias les hacen progresar. En cuanto a la renta más equitativa; como se preguntaba Hayek, ¿equitativa hasta qué punto?
43.1 Se reconoce el derecho a la protección de la salud.
Los comentarios que he realizado en el artículo 27.1 con respecto a la educación son perfectamente aplicables en este punto.
43.2 Compete a los poderes públicos organizar y tutelar la salud pública a través de medidas preventivas y de las prestaciones y servicios necesarios. La ley establecerá los derechos y deberes de todos al respecto
Más de lo mismo.
44.1 Los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho.
¿A qué cultura tenemos derecho? ¿Es cultura Crónicas Marcianas? ¿Es cultura Salsa Rosa? ¿Es cultura el cine español? ¿Es cultura El Quijote? ¿Es cultura la Acción Humana de Mises? El hecho de que los poderes públicos promuevan el acceso a "la cultura" precisa de una definición previa de qué es y de qué no es cultura. Un poder demasiado omnímodo como para que le sea atribuible al Estado.
44.2 Los poderes públicos promoverán la ciencia y la investigación científica y técnica en beneficio del interés general.
El hecho de promover la ciencia implica conocer la dirección hacia la que deben dirigirse los descubrimientos científicos; es más, implica conocer cuál debe ser el objeto a descubrir. Sólo la empresarialidad tiene incentivos para arriesgar su propiedad en oportunidades de beneficio; no así el Estado, que no dispone de la información ni de los incentivos necesarios para ello.
45.1 Todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo
La parodia ecologista toma cuerpo en la Constitución. El medio ambiente está al servicio de ser humano, no al revés como establece el presente artículo.
45.2 Los poderes públicos velarán por la utilización racional de todos los recursos naturales, con el fin de proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva
La racionalidad de los recursos se refiere a la racionalidad de los medios. Sin embargo, para determinar la racionalidad de un medio debe conocerse el fin al que se dirige. El Estado no puede conocer cuáles son los fines de 40 millones de súbditos. Sólo podrá velar por la utilización racional de los recursos naturales si el Estado nos impone sus fines.
47. Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación. La comunidad participará en las plusvalías que genere la acción urbanística de los entes públicos
Claro que tenemos derecho a comprar una vivienda, pero no, como hemos comentado antes, derecho al dinero ajeno con el que queremos comprar una vivienda. Por tanto, sólo hay dos alternativas para cumplir este mandato: o se permite atentar contra la propiedad privada de otros o se legaliza el esclavismo de constructores y promotores.
50. Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio
Resulta irónico que este artículo dé lugar a un sistema público de pensiones que sólo significará a largo plazo la quiebra del mismo y la desatención de muchísimos ciudadanos que, desconociendo esta previsión, habían obviado la necesidad de unas pensiones privadas.
51.1 Los poderes públicos garantizarán la defensa de los consumidores y usuarios, protegiendo, mediante procedimientos eficaces, la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de los mismos.
Los consumidores se protegen ellos mismos. No necesitan ninguna autoridad suprema que les indique cómo deben actuar o qué deben comprar.
51.2 Los poderes públicos promoverán la información y la educación de los consumidores y usuarios, fomentarán sus organizaciones y oirán a éstas en las cuestiones que puedan afectar a aquéllos, en los términos que la ley establezca
El mito de la información perfecta como requisito de la competencia perfecta. Precisamente, si el consumidor no puede disponer de toda la información del mercado(información en continua y revolucionaria creación, información que sólo adquiere esta categoría cuando es descubierta y utilizada), el Estado será incapaz de sistematizarla y analizarla. Sólo Dios sería capaz de ello. Con todo, si la información fuera perfecta, las oportunidades de beneficio se esfumarían, con el consiguiente colapso del mercado.
Estos artículos sólo suponen una pequeña muestra del contenido marxista de nuestra Carta Magna. Visto lo visto, sólo bajo ciertas condiciones de extrema generosidad o de extrema embriaguez podría aseverarse, como muchos hacen, que nos ha permitido vivir en libertad. Lógicamente, me reafirmo en mi tesis inicial; ignoro cómo tantos liberales transigen en sacrificar la defensa de estos vilipendios a nuestras libertades para santificar la indivisibilidad de España. Ningún mito holístico justificará jamás la violación de la libertad. Tampoco en el caso de nuestra socialista Constitución. Tampoco en su vigésimo quinto aniversario.
Comentarios
Muy, muy bueno. Te pondría un par de peros, no obstante: el 45.1 dice lo mismo que tú, "medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona" y el 18.4 se refiere a la protección de los datos personales, piensa que en aquella época pensar en la informática como un medio de información era inimaginable.
Toda Constitución que se precie debe estar vacía de derechos positivos; entre otras cosas porque su imposible cumplimiento hace perder el respeto a la más importante de las leyes de un país.
En cuanto a tu párrafo final, simplemente demuestras un desprecio total a una mínima jerarquización de las libertades (negativas, claro) que pueda ser distinta de la tuya: me interesa bastante más la libertad de los vascos a poder no ser masacrados y maltratados por las instituciones por sus ideas y su resistencia al rodillo nazionalistas que los problemas del "derecho a una vivienda digna".
Toda Constitución que se precie debe estar vacía de derechos positivos; entre otras cosas porque su imposible cumplimiento hace perder el respeto a la más importante de las leyes de un país.
En cuanto a tu párrafo final, simplemente demuestras un desprecio total a una mínima jerarquización de las libertades (negativas, claro) que pueda ser distinta de la tuya: me interesa bastante más la libertad de los vascos a poder no ser masacrados y maltratados por las instituciones por sus ideas y su resistencia al rodillo nazionalistas que los problemas del "derecho a una vivienda digna".
Gracias multivac ;)
Podemos interpretar el 45.1 en clave liberal, ciertemente. Pero en ese caso sería un sin sentido adjudicar la protección del medio ambiente al Estado para adecuarlo a la protección de las personas. Sólo cada uno sabe cuál es su medio ambiente adecuado.
En cuanto al 18.4, interpretándolo "según la realidad social del tiempo en que ha de ser aplicada", como reza el Código Civil, podría utilizarse perfectamente para limitar ciertas "informaciones injuriosas" en la Red.
Yo no hablaría de jerarquía de derechos, sino de ámbitos de competencia de los mismos(competencia delimitada por la propiedad privada) Pero en cualquier caso, que se desee mantener por ciertos motivos utilitarios la unidad de España, no tiene nada que ver con la cerrazón a la reforma constitucional. No hemos de identificar "reforma constitucional" con ruptura nacional; todos estos articulos mencionados poco tienen que ver con la forma del Estado.
Podemos interpretar el 45.1 en clave liberal, ciertemente. Pero en ese caso sería un sin sentido adjudicar la protección del medio ambiente al Estado para adecuarlo a la protección de las personas. Sólo cada uno sabe cuál es su medio ambiente adecuado.
En cuanto al 18.4, interpretándolo "según la realidad social del tiempo en que ha de ser aplicada", como reza el Código Civil, podría utilizarse perfectamente para limitar ciertas "informaciones injuriosas" en la Red.
Yo no hablaría de jerarquía de derechos, sino de ámbitos de competencia de los mismos(competencia delimitada por la propiedad privada) Pero en cualquier caso, que se desee mantener por ciertos motivos utilitarios la unidad de España, no tiene nada que ver con la cerrazón a la reforma constitucional. No hemos de identificar "reforma constitucional" con ruptura nacional; todos estos articulos mencionados poco tienen que ver con la forma del Estado.
El plantear la reforma de algo sólo tiene sentido una vez comprobada la validez o utilidad de ese algo, y, evidentemente, previo su desarrollo o aplicación.
Está claro que todas las propuestas que están manejando los políticos actualmente nada tienen que ver con eso. simplemente son propuestas estéticas, como lo de mencionar el nombre de todas las Comunidades (en problema será ponerse de acuerdo en el nombre de varias de ellas, por ejemplo, Valencia, cuando el mismo PSOE aquí es del País Valenciano y no de la Comunidad Valenciana), la monserga de la Sucesión a la Corona (vivan los derechos del segundogénito, por ejemplo), lo de la Constitución Europea (cuando hoy precisamente, en ABC se refleja que M. d'Estaing dice que prefiere que no haya a que no sea la propuesta por él)m y lo del Senado, para lo de las Regiones, como si alguna vez alguien hubiera votado según su convicción, y no la de su partido.
En resumen, creo que es más de lo de siempre, cuando algo no se aplica (ley o reglamento), por lo general por miedo a hacerlo (por ejemplo, no se puede usar un móvil al conducir, pero no hay especiales problemas para saltarse un semáforo en rojo, excepción hecha de los que te puedan venir, pues la autoridad está muy ocupada multando al del móvil), pues nada, se hace otro y en paz. El problema es que con la Constitución se notaría mucho que habría dos, mientras que en el resto del cuerpo legal, hay tantas cosas contradictorias que ya nadie se preocupa de ello.
¿Alguien se acuerda de una cosa llamada RUMASA sobre la que no quedó muy claro si era constitucional o no lo que le pasó (dejando aparte la sentencia, el voto de diferencia - eso sí, el voto de calidad por lo menos ISO 9000- la dimisión y disgusto mortal del presidente del TC)? Puestos a reformar, ¿por qué no reformar para dejar claro que eso NO era constitucional?
Por lo demás, perdón por la parrafada
Está claro que todas las propuestas que están manejando los políticos actualmente nada tienen que ver con eso. simplemente son propuestas estéticas, como lo de mencionar el nombre de todas las Comunidades (en problema será ponerse de acuerdo en el nombre de varias de ellas, por ejemplo, Valencia, cuando el mismo PSOE aquí es del País Valenciano y no de la Comunidad Valenciana), la monserga de la Sucesión a la Corona (vivan los derechos del segundogénito, por ejemplo), lo de la Constitución Europea (cuando hoy precisamente, en ABC se refleja que M. d'Estaing dice que prefiere que no haya a que no sea la propuesta por él)m y lo del Senado, para lo de las Regiones, como si alguna vez alguien hubiera votado según su convicción, y no la de su partido.
En resumen, creo que es más de lo de siempre, cuando algo no se aplica (ley o reglamento), por lo general por miedo a hacerlo (por ejemplo, no se puede usar un móvil al conducir, pero no hay especiales problemas para saltarse un semáforo en rojo, excepción hecha de los que te puedan venir, pues la autoridad está muy ocupada multando al del móvil), pues nada, se hace otro y en paz. El problema es que con la Constitución se notaría mucho que habría dos, mientras que en el resto del cuerpo legal, hay tantas cosas contradictorias que ya nadie se preocupa de ello.
¿Alguien se acuerda de una cosa llamada RUMASA sobre la que no quedó muy claro si era constitucional o no lo que le pasó (dejando aparte la sentencia, el voto de diferencia - eso sí, el voto de calidad por lo menos ISO 9000- la dimisión y disgusto mortal del presidente del TC)? Puestos a reformar, ¿por qué no reformar para dejar claro que eso NO era constitucional?
Por lo demás, perdón por la parrafada
Si no les gusta la constitución, pueden irse a otro país donde no haya "robo legalizado". La solución está en su mano.
Ustedes también disfrutan como mínimo de algunos servicios que presta el Estado. (Defensa exterior, policía, semáforos, etc, etc y no me venga con la tontería del mito de la defensa nacional) Si no tienen ustedes un ejército organizado y bien pertrechado, libertopia duraría tres telediarios. La propiedad privada sólo existe porque hay Estado. Si no existiera una organización con un poder incontestable e indiscutido para salvaguardarla, como ya decía Al Capone con una palabra amable y una pistola se llega más lejos que con una palabra amable, estaríamos en la Ley del más fuerte. ¿Cómo las "agencias privadas" de justicia harían cumplir sus resoluciones, si un individuo al principio "sin violencia ni coacción" va haciendose con un hermoso arsenal de armas químicas, biológicas o nucleares y nutridas huestes?
Libertopía tendría más inconvenientes, a saber, que si el perverso Estado no homologa y supervisa de alguna manera los estudios nada impide que sectas o otros grupos poco recomendables manipulen a los críos.
Estos son alguno de lso inconvenientes que veo a libertopía. Pero además se ha olvidados de criticar un aspecto de otro artículo:
-"El Estado reconoce el derecho a la propiedad privada y la la herencia". No señor. el Estado no debe existir y no debe reconocer un derecho "natural" que los seres humanos reconocen espontáneamente. Son los propietarios los que han de hacer reconocer su propiedad pagando SU defensa. Yo no voy a pagar porque se reconozca la propiedad de nadie.
O lo de la inmigración en la CE. Nada de controles. Aquí "sin violencia ni coacción" puede entrar quien quiera. Detener a un extranjero que busca una vida mejor en la frontera, antes de haber cometido ningún ataque contra la libertad y la propiedad suena a ataque "anticipatorio" estatista y marxista tope. ¿Que vienen muchos de golpe? No importa, el mercado hace los ajustes pertinentes como con todo.
Ustedes también disfrutan como mínimo de algunos servicios que presta el Estado. (Defensa exterior, policía, semáforos, etc, etc y no me venga con la tontería del mito de la defensa nacional) Si no tienen ustedes un ejército organizado y bien pertrechado, libertopia duraría tres telediarios. La propiedad privada sólo existe porque hay Estado. Si no existiera una organización con un poder incontestable e indiscutido para salvaguardarla, como ya decía Al Capone con una palabra amable y una pistola se llega más lejos que con una palabra amable, estaríamos en la Ley del más fuerte. ¿Cómo las "agencias privadas" de justicia harían cumplir sus resoluciones, si un individuo al principio "sin violencia ni coacción" va haciendose con un hermoso arsenal de armas químicas, biológicas o nucleares y nutridas huestes?
Libertopía tendría más inconvenientes, a saber, que si el perverso Estado no homologa y supervisa de alguna manera los estudios nada impide que sectas o otros grupos poco recomendables manipulen a los críos.
Estos son alguno de lso inconvenientes que veo a libertopía. Pero además se ha olvidados de criticar un aspecto de otro artículo:
-"El Estado reconoce el derecho a la propiedad privada y la la herencia". No señor. el Estado no debe existir y no debe reconocer un derecho "natural" que los seres humanos reconocen espontáneamente. Son los propietarios los que han de hacer reconocer su propiedad pagando SU defensa. Yo no voy a pagar porque se reconozca la propiedad de nadie.
O lo de la inmigración en la CE. Nada de controles. Aquí "sin violencia ni coacción" puede entrar quien quiera. Detener a un extranjero que busca una vida mejor en la frontera, antes de haber cometido ningún ataque contra la libertad y la propiedad suena a ataque "anticipatorio" estatista y marxista tope. ¿Que vienen muchos de golpe? No importa, el mercado hace los ajustes pertinentes como con todo.
El problema, Juan Ramón, es que si abrieramos el melón de la reforma en estos momentos las consecuencias son difíciles de prever, pero te aseguro que entre ellas no está la eliminación de los derechos positivos de nuestra carta magna. Tiene que cambiar mucho la opinión de la calle, tenemos mucho terreno que ganar, si queremos volver a 1812.
Felicidades sr. Rallo, pero se queda ud. corto. DFesde el artículo primero (estado social, interpretado por la mayoría de constitucionalistas como socialista), pasando por el DEBER, esto es obligación de conoicer el español (es de las pocas obligacioners de la constitución) que es un deber que también implica obligaciones en muchos casos imposibles de cumplir, sobre todo para personas sin capacidad para los idiomas (mis abuelos no sabían hablar español); además de la constitucionalidad de los sindicatos o de no advertir que lo del derecho a no ser discrimidao por sexo, raza o religión sólo se puede predicar frente al estado (en una sociedad liberal es plenamente legítimo discriminar por esos aspectos o por cualquiera otros, siendo cuestión aparte su estupidez). . Un programa liberal, aún moderado casi socialdemócrata como Losantos, sería mucho más anticonstitucional que todos los planes de Ibarreche y Carod juntos y requeriría reformas en prácticamente todos los títulos.
Un saludo y felicidades por su trtabajo.
Un saludo y felicidades por su trtabajo.
Como muchas otras supuestas constituciones de hoy en día, la Constitución Española supone una expresión de los objetivos mayoritarios a cumplir por el gobierno y no un conjunto de leyes destinadas a proteger los derechos.
La Constitución de los USA tiene siete objetivos en su preámbulo; luego en cada sección desarrolla cuál debe ser el proceso para satisfacerlos.
Es digno de mención el que haya que leer un buen trozo antes de alcanzar el término “gobierno” –el cual está dentro del contexto de que la gente dirija las funciones militares, y no al revés.
Respondiendo a los comentarios de Antonio2 sobre Libertopía; es bueno tener presente que el mito estatalista de que el gobierno coactivo garantiza la propiedad y el resto de derechos está muy extendido. Usted confunde una función voluntaria con una institución monopolística que hace lo contrario de lo que se supone debería hacer. Además está mal informado. Los libertarios mediante la defensa activa derrumbaron el telón de acero, mientras el Pentágono seguía intentando llegar a acuerdos con los comunistas y la Administración trataba de mantener el statu quo. Para más información le dejo mi artículo: http://freedom.orlingrabbe.com/lfetimes/war_weapon...
La defensa del país de uno, siendo loable, está basada en un supersistema de decisiones privadas que el gobierno destruye intentando imponerlas.
Otros puntos acertados: Hay que recordar que la sindicación es simplemente el derecho natural a tener un abogado, mientras que la huelga es tan sólo el rechazo a dar un servicio por estar pendiente la resolución de una disputa. Es un derecho natural que no puede desaparecer por un contrato y que fue incontrovertible en la ley hasta que los Estados trataron de o bien negarlo o bien imponerlo ciegamente coincidiendo con el ascenso del socialismo.
Es correcto que la Constitución hable de poderes públicos, ya que no tiene por que referirse necesariamente a los medios coactivos del gobierno, y como lista de buenas intenciones y de acuerdos mayoritarios tendentes a la estabilidad social en ese momento histórico da buena muestra del sutil genio del temperamento ibérico.
En general, es un excelente artículo para abrir los ojos y ayudar a la gente a reflexionar sobre las contradicciones implícitas, sino absurdidades, en un documento como la Constitución que nos impone un gobierno indefinido. Demuestra, pues, la necesidad de una mejora en este aspecto.
Ahora bien, dejando esto claro, hay que señalar que muy probablemente una serie de pensamientos no sólo destinados a explicar cuál es la dirección liberal, sino también a exponer cómo implementar el cambio, serían bienvenidos por buena parte de los lectores que, pese a aceptar la necesidad de ciertos cambios y mejoras, les gustaría saber qué renovaciones deben efectuarse y cómo van a materializarse.
Por ejemplo, pensar en la provisión privada de defensa puede parecer tremendamente idealista; sin embargo, mostrar cómo España ya ha tomado algunos saludables pasos en esta dirección, qué han hecho hasta el momento otros países y cuáles podrían ser los pasos sucesivos o los beneficios derivables, contribuiría, sin duda, al diálogo y a la discusión.
La Constitución de los USA tiene siete objetivos en su preámbulo; luego en cada sección desarrolla cuál debe ser el proceso para satisfacerlos.
Es digno de mención el que haya que leer un buen trozo antes de alcanzar el término “gobierno” –el cual está dentro del contexto de que la gente dirija las funciones militares, y no al revés.
Respondiendo a los comentarios de Antonio2 sobre Libertopía; es bueno tener presente que el mito estatalista de que el gobierno coactivo garantiza la propiedad y el resto de derechos está muy extendido. Usted confunde una función voluntaria con una institución monopolística que hace lo contrario de lo que se supone debería hacer. Además está mal informado. Los libertarios mediante la defensa activa derrumbaron el telón de acero, mientras el Pentágono seguía intentando llegar a acuerdos con los comunistas y la Administración trataba de mantener el statu quo. Para más información le dejo mi artículo: http://freedom.orlingrabbe.com/lfetimes/war_weapon...
La defensa del país de uno, siendo loable, está basada en un supersistema de decisiones privadas que el gobierno destruye intentando imponerlas.
Otros puntos acertados: Hay que recordar que la sindicación es simplemente el derecho natural a tener un abogado, mientras que la huelga es tan sólo el rechazo a dar un servicio por estar pendiente la resolución de una disputa. Es un derecho natural que no puede desaparecer por un contrato y que fue incontrovertible en la ley hasta que los Estados trataron de o bien negarlo o bien imponerlo ciegamente coincidiendo con el ascenso del socialismo.
Es correcto que la Constitución hable de poderes públicos, ya que no tiene por que referirse necesariamente a los medios coactivos del gobierno, y como lista de buenas intenciones y de acuerdos mayoritarios tendentes a la estabilidad social en ese momento histórico da buena muestra del sutil genio del temperamento ibérico.
En general, es un excelente artículo para abrir los ojos y ayudar a la gente a reflexionar sobre las contradicciones implícitas, sino absurdidades, en un documento como la Constitución que nos impone un gobierno indefinido. Demuestra, pues, la necesidad de una mejora en este aspecto.
Ahora bien, dejando esto claro, hay que señalar que muy probablemente una serie de pensamientos no sólo destinados a explicar cuál es la dirección liberal, sino también a exponer cómo implementar el cambio, serían bienvenidos por buena parte de los lectores que, pese a aceptar la necesidad de ciertos cambios y mejoras, les gustaría saber qué renovaciones deben efectuarse y cómo van a materializarse.
Por ejemplo, pensar en la provisión privada de defensa puede parecer tremendamente idealista; sin embargo, mostrar cómo España ya ha tomado algunos saludables pasos en esta dirección, qué han hecho hasta el momento otros países y cuáles podrían ser los pasos sucesivos o los beneficios derivables, contribuiría, sin duda, al diálogo y a la discusión.
Faltan algunas otra perlas cultivadas del Título VII. Por citar sólo algunas, de las más destacadas:
128.1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.
131.1. El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución.
128.1. Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general.
131.1. El Estado, mediante ley, podrá planificar la actividad económica general para atender a las necesidades colectivas, equilibrar y armonizar el desarrollo regional y sectorial y estimular el crecimiento de la renta y de la riqueza y su más justa distribución.
El articulo en cuestión sobre reformas constitucionales viene a demostrar una cosa: el “liberalismo” entendido como dogma de fe radical deviene sin solución de continuidad anarquismo decimonónico y tabernanario; anarquismo de trabuco y palabrota... Conque eso de que eso de “Los españoles tienen el derecho y el deber de defender a España” a don Juan Ramón solo le sugiere un “Sin comentarios”, ¿no?... Pues, bueno, menos mal, que si llega a comentar lo mismo nos salen ronchas...
Y es que a veces eso de razonar no parece el fuerte de nuestro mundo.
Y es que a veces eso de razonar no parece el fuerte de nuestro mundo.
No se admiten ya más comentarios.