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El matrimonio exime de pena.
Enviado por el día 5 de Marzo de 2005 a las 17:48
Saludos, me ha llamado la atención este párrafo de un artículo:

"Todavía existen países que mantienen leyes que vulneran de manera flagrante los derechos humanos de las mujeres. Entre ellos, destacan estados como Uruguay, Brasil, Bolivia, Argentina, Costa Rica, Venezuela, Panamá y Nicaragua que conservan en sus códigos penales normas que permiten a un violador o abusador librarse de la pena por medio del matrimonio con la víctima.".

Me gustaría si alguien pudiera corroborarme estos datos.

El articulo completo esta aqui:

http://www.elmundo.es/elmundo/2005/03/04/solidarid...

Re: El matrimonio exime de pena.
Enviado por el día 6 de Marzo de 2005 a las 21:42
He oido que en Isla de Pascua es habitual robarse la novia y después casarse con ella, creo que hay ciertos patrones culturales que observar al aplicar las normas penales en esta materia
Re: Re: El matrimonio exime de pena.
Enviado por el día 6 de Marzo de 2005 a las 21:55
Hola, Fernando.

He oido acerca de otros lugares con situaciones parecidas, pero se trata de falsos raptos, una tradición exenta de violencia y con el consentimiento de la pareja y de las familias.
Re: Re: El matrimonio exime de pena.
Enviado por el día 6 de Marzo de 2005 a las 21:59
Creo que en ese informe valoran como violación a toda defloración fuera del matrimonio. El caso asi tal cual lo he leido incluso en la biblia.

Porque también ese es mayormente el origen de ese tipo de violaciones, el enamorado que no es admitido por los familiares de la enamorada, la ve a escondidas (en que pueden suceder muchas cosas), luego la familia por algún soplón se entera; estalla el escándalo por la afrenta que ha ocurrido y para borrarla ocurre el matrimonio, y así como en un final de cuentos acaban todos felices.
Hay que tomar que más antes existía aquello de "lavar el honor con sangre", una salida aún más, por así decirlo sangrienta.

En Bolivia hay un nuevo código del niño y adolescente, creo que no toma en cuenta que la actividad sexual se comienza cada vez a menor edad, y pa variar lo que hacen las leyes; criminalizan el acto.
Re: Re: Re: El matrimonio exime de pena.
Enviado por el día 6 de Marzo de 2005 a las 22:06
Por lo que veo en Bolivia han tenido hasta fechas recientes una concepcion del honor similar a la española.

No obstante, creo que una "violación" en sentido estricto debe penarse siempre...
Re: Re: Re: Re: El matrimonio exime de pena.
Enviado por el día 7 de Marzo de 2005 a las 18:08
¿Y que peor castigo que obligarlo a casarse?,
Condenado de por vida a jugar en equipo de los casados creo que es suficiente!!
No, Es broma.....
Pero talvez no sea tan así. Porque al momento de casarse la mujer adquiere ciertos beneficios, parte del sueldo, parte de la casa o cualquier otro bien y si el hombre muere, le correspondería heredar los bienes.

Claro eso si, que esto lo digo sin conocer las leyes y tratando de buscarle algo de sentido a lo que afirmas y perfectamente podria estar totalmente equivocado.
Re: El matrimonio exime de pena.
Enviado por el día 7 de Marzo de 2005 a las 19:48
Arasou:
Código Civil, artículo #56.
Re: Re: El matrimonio exime de pena.
Enviado por el día 11 de Marzo de 2005 a las 22:54
Arasou,

Una amiga que trabaja con la defensoría de menores me explicaba al respecto que al aceptar casarse la victima existe y admite consentimiento y la figura legal cambia. Hablando del caso específico del casamiento posterior a una denuncia de violación.
Re: Re: Re: El matrimonio exime de pena.
Enviado por el día 11 de Marzo de 2005 a las 23:45
Gracias, venezolano y boliviano.

Me parecen sorprendentes ambos datos.
Re: Re: Re: Re: El matrimonio exime de pena.
Enviado por el día 16 de Marzo de 2005 a las 17:55
Me parece que el artículo se puede estar refiriendo a la figura de advenimiento (presente en el códigos penal argentino y uruguayo, entre otros).
En el caso de la figura de advenimiento en la Argentina, esta se aplica cuando media una relación afectiva previa entre la victima y el acusado (noviazgo es suficiente, no necesariamente matrimonio) y la victima, en condiciones de total igualdad y libertad, pide que se suspenda la acción penal.
Aceptar este pedido es facultativo del tribunal que juzga al acusado, los tribunales tienden a poner énfasis en que sea un pedido que emane realmente del interés de la victima. Así, por ejemplo, en un conocido caso de hace ya varios años una esposa trato de pedir advenimiento para su esposo que había cometido cierto grado de violación sobre ella, pero este pedido fue rechazado por el tribunal al entender que la verdadera motivación para el pedido de advenimiento tenia que ver con la posibilidad que el marido siga trabajando y mantenga a su familia (incluyendo a la victima), así que en vez de conceder el advenimiento condeno al marido y ordeno al estado el pago de una pensión a la mujer, aun después de esto la mujer siempre insistió en que no lo hacia por dinero y deseaba que no hubieran condenado a su marido.