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21 de Noviembre de 2005

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1812
Bitácora de Daniel Rodríguez Herrera

Izquierda y derecha según un "progresista"


Llego a otro gran post de Red Progresista donde se reflexiona sobre la naturaleza de la izquierda y la derecha. Como suele ser habitual, se basa en un conjunto de prejuicios y malas interpretaciones; quizá por ello convenga aclararlo.

Primera perla de Itaca: Muchos sostienen hasta la saciedad que no existen diferencias significativas entre las ideologías de derecha y de izquierda. Generalmente las personas que mantienen esta postura, lo hacen para justificar que sus simpatías políticas se encuentran más bien en la derecha.

Esta conclusión es bastante alegre. Una cosa es que no existan diferencias significativas entre los partidos de izquierdas y los derechas, otra negar que existen diferencias entre la libertad y la esclavitud. Yo no tengo reparos en afirmar que soy de derechas, esto es, liberal, y que la izquierda -la voluntad de construir nuevos mundos a través de la violencia- es el fruto de todos los totalitarismos.

Por ahora conviene que retengamos el verbo construir, más adelante veremos por qué Itaca tiene un caos monumental en la cabeza.

La siguiente simplificación la encontramos en su clasificación de las ideologías (y ello a pesar de que Itaca lo considere un tema trivial y autoevidente para quien haya realizado ni siquiera un pequeño curso de economía). En primer lugar, nos dice que el laissez faire es Aquella que consiste en cerrar los ojos y que cada cual se espabile como pueda(…)aquel paradigma que se basa en la iniciativa privada y, consiguientemente, en favorecer los intereses de lo que es privado en contraposición de lo que es público o común, de aquello que trabaja para el beneficio máximo propio y particular. Esta es la forma de organización social que los herederos de los privilegios, de la riqueza y del poder han intentado tradicionalmente que se mantenga a toda costa y al precio que sea necesario; en consecuencia es lógico que deseen un estado que no mira, que no controla, para que todo siga siendo simplemente como había estado siendo hasta ahora.

Vayamos por partes:

a) ¿Una ideología que consiste en cerrar los ojos? No mira, la cuestión es quién debe tenerlos abiertos, si los individuos, o el Estado. El laissez-faire sólo propugna que se deje a los individuos guiar sus vidas según observen con sus ojos la realidad; que no se les imponga la "visión de los ungidos" como superior a sus visiones individuales. Por supuesto, siempre hay sujetos -la izquierda- que prefiere que la visión del Estado reprima las individuales, que el Gran Hermano tenga los ojos bien abiertos para que todos los demás los cerremos. Una diferencia entre izquierda y derecha, ciertamente.

b) El laissez faire tampoco es "sálvese quien pueda". ¿Acaso la caridad privada no es laissez faire? ¿Acaso el empresario no tiene que servir al consumidor para ganar dinero? ¿Acaso el sistema de división internacional del trabajo y del conocimiento, la cooperación y la colaboración productiva suponen una sociedad atomista? ¿Acaso los sistemas de ayudas mutuas o los seguros suponen un sálvese quien pueda? No, el laissez faire no implica que cada cual tenga ir por su lado, sino que nadie tenga que ir por el lado que marca el Estado. Una cosa es impedir o buscar que no haya lazos, y otra cosa muy distinta no imponer que los haya. Creer que la sociedad sólo puede aflorar como planificación consciente del Estado es otro grave error que diferencia a la izquierda de la derecha.

c) El problema de las frases del estilo "para el laissez faire el interés particular prima sobre el común" es sencillo: ¿cuál es el interés común? ¿quién lo define? Es más, ¿acaso los distintos intereses individuales son necesariamente incompatibles entre sí? ¿El interés común supone que beneficia a todos los ciudadanos o sólo a una mayoría? ¿Y si beneficia a la mayoría por qué se llama común? En realidad, la izquierda es favorable a imponer los intereses de la mayoría sobre la minoría, esto es, explotar a esta última a favor de la primera. Para la izquierda, pues, la dictadura no supone un inconveniente siempre que dé paso a la realización de ese interés mayoritaria. La derecha, por su parte, si es defensora del interés común, entendido como aquel conjunto de normas y circunstancias que permiten a todo el mundo perseguir sus fines sin imponerlos sobre los demás. Otro tema aparte es que los métodos estatalistas que utiliza tampoco le permiten conseguir los fines mayoritarios que se propone, entre otras cosas, porque los fines mayoritarios son unos fines que carecen de coste de oportunidad, con lo cual, son unos fines irreales. Se agregan las preferencias pero no los costes, con lo que tenemos un desastre. En todo caso, quede claro que la izquierda favorece la explotación de unos individuos sobre a otros, frente a la derecha que favorece el bien común y la armonía de intereses.

d) Lo que resulta desternillante es pensar que los herederos de las riquezas están empeñados en consolidar el sistema capitalista. El capitalismo implica cambio y continua servidumbre del consumidor. Aquellos empresarios que dejen de atender a sus clientes, por muy importantes que hayan sido en el pasado, desaparecerán. A los privilegiados les interesa un sistema hermético, donde se viva de la subvención y de la redistribución forzosa. Un ejemplo típico son los funcionarios, que ni tienen que cambiar ni adaptarse a las circunstancias del mercado, al tener su renta y su posición consolidada a través de la fuerza pública. El capitalismo es realmente sencilla en relación con las grandes fortunas: o sigue sirviendo a los consumidores o desaparece. En el mercado la remuneración se consigue por relaciones voluntarias y mutuamente satisfactorias, en el Estado por prebendas y privilegios políticos. La izquierda favorece la casta y la derecha el cambio a lo largo de la vida.

e) La última afirmación no supera la altura de las anteriores: es lógico que deseen un estado que no mira, que no controla, para que todo siga siendo simplemente como había estado siendo hasta ahora. Pero vamos a ver, ¿tú has visto algo más inmovilista que la burocracia? ¿Cuándo has visto quebrar y desaparecer a un Estado? Sólo a través de guerras y conquistas externas. Las empresas se esfuman en cuanto ya no sirven a los consumidores, ¿qué va a seguir todo como hasta qué momento? El Estado -y la izquierda que lo sostiene- se basa en el inmovilismo y la discrecionalidad iluminada de director. En la burocracia no se toman cientos de miles de decisiones descentralizadas, la estructura es jerárquica, y sólo se pestañea si el líder permite pestañear. En el mercado estamos ante órdenes policéntricos y variados, con miles de decisiones y actuaciones diferentes que modifican por completo el orden de las cosas. Nuevamente, la izquierda significa regio inmovilismo y la derecha evolución dinámica.

En segundo lugar, Itaca emprende el mismo análisis con respecto. Así, la izquierda parte del control y la participación del estado en lo económico para recaudar dinero e invertirlo en el bien público, en lo social, en definitiva, en la comunidad. O sea, se trata de favorecer lo que es común y/o público en contra de lo que es privado -de una persona o grupo limitado de personas-. De aquí nace la idea de la repartición de la riqueza y el establecimiento de un sistema que garantice las mismas oportunidades para todos, etc:

a) La izquierda no parte de la participación del Estado en lo económico, sino de la imposición y destrucción de las relaciones económicas. La diferencia no es baladí: las relaciones económicas son de carácter voluntario, justo lo contrario que el Estado, quien a través de su poder militar modifica a su antojo la voluntad de las personas. Hay una voluntad de que prime lo político -la violencia- sobre lo económico -la voluntariedad. Por supuesto, las leyes económicas no son manejables ni reversibles, de ahí que la violencia fracase y se vuelva en contra de quien la practicó. En ese sentido, la izquierda esta a favor de la primacía de la violencia sobre la voluntariedad, al revés de la derecha.

b) El verbo "recaudar" dinero es de una candidez extrema. Una de las definiciones de la RAE nos dice: Alcanzar, conseguir con instancias o súplicas lo que se desea ¿Realmente el Estado pasa el plato por cada casa para "recaudar" dinero? ¿Realmente recurre a súplicas para que voluntariamente le entreguemos nuestro dinero? ¿O más bien recurre a un cuerpo semipolicial para saquear nuestra riqueza? La izquierda, de nuevo, no le hace ascos al robo violento siempre que contribuya a alcanzar sus "fines sociales". La derecha, por su parte, repudia la coacción y recurre al intercambio y las relaciones libres (como paradigmáticamente las del empresario con sus clientes) para "recaudar" -ahora sí- el dinero.

c) Otra vez nos topamos con el problema del "bien común". Nos remitimos a la letra c) anterior. Ahora bien, aquí toca hablar, no ya del fin, sino de los medios. Nos dice Itaca que el Estado invierte el dinero que candidamente recauda en el "bien común". ¿Cómo sabemos que ese dinero va a parar al bien común? Es más, ¿cómo sabemos que no se está utilizando más dinero del necesario para lograr el bien común? Pongo un ejemplo. Supongamos que llegamos a la conclusión de que construir una estatua a ZP es una muestra de "bien común". ¿Sería asumible cualquier coste para alcanzar ese bien común? ¿Y si la contrapartida económica de ese proyecto fuera la muerte por hambruna del 40% de la población? Pues bien, si el bien común debe definirse dentro de unos parámetros, ¿cómo sabe el Estado cuál es el "coste común" de sus proyectos? ¿Cómo lo economiza? ¿Cómo lo utiliza de manera eficiente? Todo ello, claro está, asumiendo que hemos resuelto el problema nada sencillo de determinar qué fines concretos son comunes. El capitalismo, por su parte, deja que sean los consumidores quienes soberanamente discrimenen cuáles son los fines relevantes. Si una empresa no presta un servicio interesante, o utiliza demasiados recursos para ello, desaparece; de esta manera, esos recursos usados incorrectamente se liberan y van a parar a otros empresarios que los utilizarán de mejor modo. La izquierda, por tanto, es dirigismo y rigideces frente a la derecha que supone cambio sin fricciones y evolución tranquila.

d) Repartir la riqueza no garantiza las mismas oportunidades para todos. Este lema, no por más veces repetido, tiene menos sentido. Las oportunidades en una sociedad son las que los distintos individuos descubren y utilizan. Como ya hemos dicho, el individuo más rico carecerá de recursos si no es capaz de descubrir esas oportunidades. ¿Acaso la gente más avispada debe pagar un impuesto que favorezca a la menos avispada? En ese caso, no sólo la gente avispada saldría perjudicada, sino también la menos capaz. Y es que los grandes empresarios satisfacen continuamente las necesidades de toda la población, avispada o no. Además, existe un problema fundamental de comprensión. Cuando se aboga por la redistribución de los recursos, se está suponiendo que esos recursos están "dados" y que, por tanto, al ser finito, o se redistribuyen o unos acaparan riqueza a costa de los demás. La realidad es que los recursos no están dados, sino que se expanden continuamente a través de la creatividad y la pujanza empresarial. Las oportunidades de los ricos no menguan las de los pobres, más bien al contrario, precisamente porque los ricos generan riqueza, las oportunidades de los pobres se expanden. En el s.XXI hay infinitamente más oportunidades para volverse rico que en el s.VI. La razón es simple: a más medios, mayor número de posibilidades y combinaciones para usarlos. Restringiendo la creatividad empresarial todos salen perjudicados, es una carrera hacia la miseria. La igualdad de oportunidades que propugna la izquierda es una tabula rasa que consiste en destruir las oportunidades para todos. Otra diferencia entre la izquierda y la derecha: la izquierda aboga por la parálisis y la crisis, mientras que la derecha por el desarrollo y el progreso.

Hasta aquí hemos trazado el primer gran bloque de confusiones de Itaca. Ahora vamos con el segundo. Dice nuestro blogger que las ideas de la izquierda parten de Heráclito, mientras que las de la derecha de Parménides. El primero afirmaba que la realidad era cambiante, mientras que el segundo sostenía la inmutabilidad del ser. Amén de la particular interpretación de los filósofos griegos, lo que me interesa son sus conclusiones:

De estas dos visiones de "la realidad" podemos extraer fácilmente las siguientes afirmaciones:

i) no es necesario "moverse", "no hagas" nada, la realidad no cambiará

ii) dado que todo es cambiante y todo se encuentra en continuo movimiento, intentemos cambiar esta realidad que nos rodea

En este punto hay que señalar varias cosas. La primera, que salta a simple vista, es que, en todo caso, la imputación del poso ideológico de izquierda y derecha podría ser el inverso al que apunta Itaca. Si nada cambia, entonces habrá que buscar un medio superior (Estado) para que cambie y mejore. Si todo cambia, entonces no es necesario que el Estado lo haga cambiar.

El segundo, es la pésima clasificación que hace entre derecha (inmovilismo) e izquierda (cambio). Aquí, como en muchas otras ocasiones, conviene volver a Hayek, y traer a colación los conceptos de constructivismo y orden espontáneo. Es el momento ahora de recordar la palabra "construir" que habíamos apuntado al inicio del post.

Para la izquierda el cambio debe ser "construido". Las sociedades y las instituciones deben ser primero concebidas y luego puestas en práctica. El mundo debe cambiar como consecuencia de la acción política.

Para la derecha, por el contrario, el cambio es fruto de la interacción voluntaria de los individuos y la evolución y ajuste espontáneo de las instituciones. No es necesario nadie que planifique y departamentalice a los individuos; dirigiendo sus vidas y sus proyectos. El dinero, el lenguaje o el derecho no fueron creación consciente de nadie, sino un cúmulo de experiencias pasadas que ayudaban a coordinar las distintas acciones de las personas.
De hecho, hay que señalar que la izquierda, en realidad, no cree en el cambio, sino en el recambio. Para el constructivismo todo debe permanecer inmóvil hasta que el líder supremo (o en su caso la asamblea) de el pertinente mandato. Nada puede cambiar mientras tanto y, de hecho, si algo cambia o se desvía del plan trazado, debe ser automáticamente reprimido. Para la derecha, las instituciones evolucionan espontáneamente al compás de las distintas acciones individuales.

De ahí que, como el propio Itaca reconoce, la posición de la izquierda pase por la "revolución", esto es, la completa erradicación de las estructuras existentes y su "recambio" por otras completamente nuevas. Este desfase, este salto al vacío, no se produce en las sociedades liberales. Los desastres de una empresa no implican los desastres de todas las empresas; los fallos individuales no se convierten en fallos colectivos; las transiciones son suficientemente lentas como para que todo el mundo consiga adaptarse al cambio. No hay individuos prescindibles ni fardos demasiado pesados. No hay que eliminar a los indeseables que retarden el proyecto común porque, precisamente, el proyecto común consiste en que todos sean libres para lograr sus fines.

La izquierda es visionaria y totalitaria, pues las revoluciones necesitan de la sangre de los contrarrevolucionarios. Todos deben contribuir al "recambio completo" ya que el dirigente ha asignado un nuevo papel para cada cual. En el mercado unos cambian y otros se quedan como antes, no hay problema gracias a la armonía de intereses. Los papeles los elige cada cual en función de su creatividad empresarial -de sus oportunidades- y de sus costes de oportunidad. El cambio es espontáneo, pausado y efectivo. La sociedad evoluciona continuamente hacia las metas que benefician a todos los individuos.

De ahí que sea un error mayúsculo identificar la derecha con la oligarquía, el imperialismo o los totalitarismos (la identificación con la monarquía y la Iglesia es, en cierto sentido, más correcta, pero estos nos llevaría hacia otros derroteros que nos extenderían demasiado). La oligarquía necesita de la violencia para mantener; los empresarios que no utilicen el Estado (subvenciones, regulaciones, salarios mínimos, tribunales de defensa de la competencia…) no son oligárquicos, pues su posición depende de la mera voluntad de los consumidores. El imperialismo, como actividad estatal, constructivista, y violenta, tampoco tiene nada que ver con la derecha. Y los totalitarismos no son más que otra forma de constructivismo que apela a la revolución para destruir la "sociedad tradicional" y alcanzar una Nueva Jerusalén. Creer que el fascismo y el nazismo estaban por el inmovilismo es una presunción que no se corresponde ni con su sustrato ideológico ni con su escenificación práctica.

Las siguientes consideraciones que efectúa Itaca me parecen menos sustanciosas que las anteriores y, de hecho, derivadas fundamentalmente de estos dos grandes bloques de errores.

La incomprensión del liberalismo, del orden espontáneo y de la eficiencia dinámica lleva a muchos izquierdistas a caer en los errores del antiliberalismo, el constructivismo y la regresión social. Todo ello, a pesar de las estampas justificativas que, para acallar su conciencia, se construyan.

Comentarios

 
Juan ramón, no me gustan los conceptos izquierda y derecha, su significado se diluye y adquiere nuevos contornos con el transcurrir del tiempo, ¿no podríamos definir a los liberales como izquierdistas cuando sus oponenentes eran los partidarios de conservar el antiguo régimen, los absolutistas mercantilistas?

Tambien, por mucho que nos pese, la derecha se asocia con quienes tratan de intervenir en otros ámbitos a través de la coacción estatal, la verdad es que me siento más identificado con la palabra liberal.
Enviado por el día 21 de Noviembre de 2005 a las 22:07 (1)
Me siento más a gusto con conceptos como estatista o liberal.
Enviado por el día 21 de Noviembre de 2005 a las 22:08 (2)
Los conceptos sirven para hacernos entender, ahora bien, no deberíamos entregárselos en bandeja a la izquierda. De todas formas, en este artículo pocas dudas hay de a quién se refiere: A pesar de todo, conviene decir que ante estas dos posturas [derecha e izquierda] que, evidentemente, una es la liberal y la neoliberal y/o capitalista, y la otra la socialista en sus diversas “versiones” y matices
Enviado por el día 21 de Noviembre de 2005 a las 22:13 (3)
A ver si publicas un artículo como este en la revista, creo que es demoledor.
Enviado por el día 21 de Noviembre de 2005 a las 22:24 (4)
Enviado por el día 21 de Noviembre de 2005 a las 22:42 (5)
Estoy con Séneca

"Me siento más a gusto con conceptos como
estatista o liberal".

Saludillos
Enviado por el día 21 de Noviembre de 2005 a las 23:15 (6)
Juan Ramón:
Yo creo que diferenciar las ideologías políticas simplemente por el lado del que vengan es algo terrible, porque se induce, sobre todo en España, al prejuicio. Yo no pongo trabas a decir que soy de "derechas" si se entiende la derecha como el lado de las libertades. Pero es, a mi juicio, un concepto sumamente cultural. Incluso, esa nueva derecha que podemos defender nosotros, puede ser, en términos, algo que inventó la misma izquierda simplemente para ponerle la otra cara a la moneda y para relacionar a las libertades con el absolutismo socialista nazi-fascista.

Yo prefiero decir que soy liberal. Lo más gracioso es que muchas veces la gente no tiene ni idea de qué significa eso.
¿liberal? -preguntan- ¿Cómo es eso?
Yo sonrío.
Enviado por el día 21 de Noviembre de 2005 a las 23:21 (7)
Anda que no pierdes el tiempo con polleces...
Enviado por el día 21 de Noviembre de 2005 a las 23:28 (8)
Un tio que cita a los presocraticos (que en total no agregan mas de 50 paginas de textos conservados) para distinguir sobre problemas políticos de hoy no merece una respuesta tuya.

Reconozco que tienes una enorme capacidad de trabajo, pero te me dispersas...

o no?
Enviado por el día 21 de Noviembre de 2005 a las 23:31 (9)
Kantor, ¿Por qué me censuras la diversión? :)
Enviado por el día 21 de Noviembre de 2005 a las 23:36 (10)
Oh, es eso? Pura perversidad.... ok!
Enviado por el día 22 de Noviembre de 2005 a las 00:43 (11)
A parte de que estoy con Kantor, tienes un gusto perverso por encontrar diversión donde no la hay, tambien he de decir que estoy mas con las definiciones de estatalismo de derechas, estatalismo de izquierdas, diferencias en cuestiones morales más que nada, y liberal.

Aunque haya quien no tenga ni repajolera idea de qué signifique eso de liberal. Pero si preguntan algo vamos ganando.
Enviado por el día 22 de Noviembre de 2005 a las 09:43 (12)
Hola:

A mí me ha gustado mucho tu artículo. Creo que, aunque pueda ser cierto que existen muchas derechas, en esencia existe una derecha liberal que propugna la defensa del individuo.

Me alegro que hayas superado las paradojas de las definiciones, y encontrado algunas para el derecho como hijo de la costumbre y del bien común como "conjunto de normas y circunstancias que permiten a todo el mundo perseguir sus fines sin imponerlos sobre los demás". Me gustan.

Para mí quien mejor encarna ese proyecto en Europa es Mariano Rajoy. Sin duda, es una derecha mucho más liberal y, a la vez pragmática, que la CDU de Merkel o la derecha de Chirac.

Un saludo,
Enviado por el día 22 de Noviembre de 2005 a las 10:40 (13)
El pensamiento de la izquierda se ha asentado siempre, desde sus orígenes, en la confusión.

Hace no mucho que un izquierdista ilustrado me hablaba de la APLICABILIDAD de la idea del orden espontáneo.

Todo lo que construyen sobre su error de base, sobre el cimiento de su fatal arrogancia (que es ignorancia presuntuosa), es, usando una metáfora de Descartes (racionalista máximo), como un enorme edificio sobre arenas movedizas.

Su Mandala tridimensional, su pretenciosa Torre de Babel, es solamente palabrería más o menos elocuente, más o menos poética, más o menos retórica, en la que se entremezclan hechos reales con fantasías utópicas en una amalgama indisoluble.

Por muy buenos que sean los materiales de construcción, es inútil todo esfuerzo si se asienta la obra sobre el lodo.

Parménides y Heráclito no darían crédito.
Enviado por el día 22 de Noviembre de 2005 a las 14:20 (14)
También estoy con la dualidad liberalismo-estatismo.

Dejaría a Rajoy en semiliberal. Tenemos el ejemplo de cómo ha votado el PP en contra de las salas de fumadores en las empresas. Y no soy fumador.
Enviado por el día 23 de Noviembre de 2005 a las 19:47 (15)
Como era de esperar, estoy completamente de acuerdo con tu análisis ... menos cuando te empeñas en descalificar instituciones como el "Estado" o las "asambleas" que, en Europa, al menos, nadie ha impuesto ni creado. No más que el dinero, el lenguaje o el Derecho, éste último íntimamente ligado a conceptos como autoridad, deber y coerción. Son instituciones que se han ido perfilando espontáneamente a lo largo de los siglos, respondiendo a los retos y necesidades -incluido el propio instinto de conservación- de los grupos humanos; instituciones que bien gestionadas se han demostrado aptas para garantizar el progreso y la libertad del individuo y de los grupos en que se integra.

Esa "erradicación completa de las estructuras existentes" que tú atribuyes a la izquierda es compartida por las diversas formas de anarquismo, porque, en mi opinión, destruir instituciones centenarias, incluso, milenarias es, en si mismo, una forma de constructivismo. Aunque sea para volver a un supuesto statu quo ante virginal y ver qué pasa ahora "espontáneamente". Sinceramente, eso me parece peligroso y, probablemente, irresponsable.

En fin, decir sólo que también existe una derecha muy respetuosa con las instituciones que algunos pretenden alegremente eliminar y, entre ellas, el Estado democrático, limitado y nacional. Una derecha que tiene que estar, a la vez y por este orden, en guardia contra la hipertrofia estatal y los euro-delirios de grandeza de los socialistas y contra el nihilismo institucional de los anarquistas.

¿Es esa derecha estatalista? Sí, pero no, o no, pero sí.




Enviado por el día 25 de Noviembre de 2005 a las 18:39 (16)
Absolutamente nada que ver. El Estado no es una institución, no cumple ninguna de sus características.

Ni el dinero ni el lenguaje fueron originariamente impuestos, los Estados sólo se asentaron y regularon instituciones previas. Sobre el Derecho es un tema variado, pero en tanto durante la Edad Media no hubo unidad jurisdiccional, sí hay que concluir que el Estado impuso su jurisdicción única.

Cuiado con el concepto de autoridad; el Senado romano tenía autoridad pero no potestas. Los deberes son la contrapartida de los derechos, por tanto para afirmar que tenemos un deber para con el ordenamiento jurídico estatal, tendrás que probar que este tiene un derecho a imponerlo. La coacción no es requisito indispensable para el derecho.

Repito, aun cuando el Estado se hubiera perfilado espontáneamente no estamos ante una institución. Es como decir que por el hecho de que el orden policéntrico haya evolucionado a uno de unidad jurisdiccional, el orden monocéntrico es uno policéntrico. Los conceptos existen y cuando se desbordan -por el motivo que sean- dejan de encuadrarse en la definición.

Que yo sepa nunca he hablado de destruir de una manera constructivista las estructuras (que no instituciones) existentes, entre otras cosas porque la gente sigue actuando a través de ellas como si fueran instituciones. Más bien defendemos la necesidad de acabar con la ficción estatal para que se produzca un desprendimiento del mismo.

Ningún libertario propugna el nihilismo institucional. Esta afirmación sólo da muestras de una profunda incomprensión del libertarismo (no me refiero, claro está, al anarcosocialismo).
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2005 a las 19:42 (17)
Cuando me refiero al Estado, me refiero a una comunidad humana, asentada en un territorio, suficiente en sí, con gobierno propio e independiente, supremo en su orden. El Estado es una suma de instituciones: tribunales independientes, Parlamento, poder ejecutivo y Rey. El Estado, como tal, no existe, sino a través de las instituciones que lo componen. Y esas instituciones, como todas, tienden a procurar el bien del individuo en sus relaciones con los demás, se forman y se definen a lo largo de los siglos y son vividas como propias por los ciudadanos.

La coerción es un carácter esencial del Derecho, desde el momento en que sus normas están llamadas a tener una aplicación general e incondicionada. El Derecho debe prevalecer, voluntariamente, por interiorización de sus normas, o por la fuerza, en otro caso. ¿Qué diferencia habría, si no, entre una norma jurídica y otra de trato social? ¿Qué diferencia habría entre un deber moral y otro jurídico? Un poder supremo debe hacer valer el Derecho en todo el territorio donde rige. Es una cuestión de sentido común. Algo de lo que nuestros antepasados se dieron cuenta hace siglos. Ese poder se ha institucionalizado, a través de los tribunales, en el Estado.
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2005 a las 21:02 (18)
Características de una institución: a) la ausencia de autor o mente creadora concreta, b) continua evolución descentralizada de las mismas a través del mecanismo de prueba y error, c) la utilidad que les atribuye un gran número de individuos, d) la voluntariedad, e) la estabilidad y f) la autocorrección

Ninguna de estas características las cumple el Estado. Por tanto no tiene nada de institución de un orden espontáneo, es puramente una organización monocéntrica.

No, no todo el derecho debe basarse en la coacción. Ni mucho menos. El derecho mercantil que en buena medida sigue aplicándose ahora se basaba en la exclusión social. Y buena parte de los regímenes jurídicos se basaban en la restitución antes de la irrupción del derecho penal.

Por último, la teoría de que un poder supremo debe hacer valer el Derecho en un territorio es una simplificación basada en el Single Power Principle, pero a todas luces incorrecta. Primero porque es incapaz de descubrir cuál es ese derecho tan valioso (recordemos que el Derecho es una institución espontánea que pasa a ser cartesianamente planificada por el Estado), segundo porque no resuelve los problemas de conocimiento, interés y poder inherentes en las relaciones sociales. Tercero, porque el poder supremo tiende a la corrupción, y no se aseguran unos adecuados mecanismos defensivos, basados en los procesos equilibradores de múltiples jurisdicciones y en el derecho de secesión.

Tanto se han dado cuenta nuestros antepasados que todavía no han creado un Estado mundial que resuelva la anarquía interestatal. Curiso.
Enviado por el día 25 de Noviembre de 2005 a las 22:02 (19)
Permitame felicitarle por el artículo, e insistir yo también en los dos temas más tratados;
1) las categorías derecha e izquierda las considero yo también inoperantes por polisémicas; creo que el liberalismo para acogernos a todos (que procedemos de ideologías muy distintas, y tenemos muy distintas opiniones en lo no sustancial) debería descartarlas, y hablar de liberales-estatistas (que no estatalistas).
2) La idea de un derecho no coercitivo es bastante compleja, en todas las definiciones de derecho que conozco (y son algunas) aparece la palabra coercitivo; convengo con usted en que esta coerción puede ser mínima, ultima ratio, pero ha de existir. Además introduce un debate distinguiendo distintas ramas jurídicas que creo nos permitirá llegar a un acuerdo, el derecho penal, por ejemplo, es coercitivo necesariamente, no así el mercantil, y la mayoría del civil. Pero en última instancia ha de haber en la sociedad un poder que aplique las normas mínimas (creame, casi nimias, que no ocuparían ni un volumen del arazadi).
Le agradecería mucho que me explicase si cree posible un derecho (todo un ordenamiento) no coercitivo, pues estoy ahora mismo reflexionando para debatir sobre qué es el derecho;
muy agradecido;
Enviado por el día 26 de Noviembre de 2005 a las 02:15 (20)
1º. En mi opinión, Parlamentos, tribunales y poder ejecutivo reúnen todos los caracteres a los que te refieres, aunque entendiendo la evolución “descentralizada” como evolución autónoma, y no de la institución en sí, sino de aquellos que la conforman: los integrantes de la comunidad política en la que se genera; y entendiendo que la voluntariedad, no se refiere al individuo en sí, sino a una mayoría estable y suficiente del grupo social y ello porque son instituciones que, por naturaleza, se refieren a todo un territorio y a todos los que en él habitan formando una comunidad.

2º. El Estado es una institución monocéntrica, si con ello te refieres a que el Estado es la sociedad institucionalizada, es decir, como diría Kelsen, la expresión de unidad de las continuas transformaciones jurídicas que suponen los actos jurídicos referidos a la comunidad política que lo compone, entonces, la respuesta es que sí. Pero monocéntrico no quiere decir monolítico.

3º. Todo el Derecho se basa en la coacción. ¿Qué era, si no, la “exclusión social” o la expulsión de la paz? Y el Derecho penal no “irrumpe” en nada, los sistemas primitivos basados en la restitución y en la venganza evolucionan, a lo largo de los siglos, hacia un sistema de derecho penal y la evolución no se produce “porque sí”, sino por razones de necesidad derivadas de la superación de la familia como unidad autosuficiente y ligadas a la regulación de las relaciones surgidas de la conquista, como efecto de la guerra.


Enviado por el día 26 de Noviembre de 2005 a las 16:49 (21)
Si te lees cualquier manual de antropología jurídica, por ejemplo, el clásico “Ancient Law”, de Sir Henry Maine, verás que: “la sociedad primitiva no era vista como una colección de individuos, sino como un agregado de familias; de ahí que el Derecho se caracteriza por las compensaciones restitutivas entre familias y no entre individuos”. Los conflictos no se resuelven por aplicación de normas de contenidos preconcebidos, sino basándose en la autoridad cuasi-pública de los padres de familia, que decidían atendiendo a las circunstancias del caso y a su capricho en los conflictos internos (entre miembros de la familia) y a las implicaciones futuras de la decisión (paz social, correlación de fuerzas entre las familias), en los conflictos externos (algo parecido a lo que sucede ahora respecto de los conflictos entre Estados). “El ser humano de entonces vivió bajo el despotismo patriarcal”. Me dirás: el ser humano de ahora vive bajo el despotismo del Estado. Puede, pero mientras que el padre no estaba limitado por normas en su actuación respecto a los suyos, el Estado sí que lo está.

Con esto te estoy diciendo que no hay Derecho sin autoridad que lo aplique de forma inapelable. En las sociedades primitivas, como decía Hoebel, la fuerza vinculante del Derecho, también derivaba de la aceptación social general de sus normas (no de su aceptación individual) y los que él llama “prosecutores privados” (particulares ofendidos) no actuaban en interés privado, sino en interés del grupo, a modo de “oficiales públicos implícitos pro tempore, pro eo solo delicto, que, apoyados por la opinión y la actuación abierta de la población, se convierten en aplicadores legítimos de las normas.” En otras palabras, actúan como autoridades: en representación del grupo y porque el grupo lo quiere.



Enviado por el día 26 de Noviembre de 2005 a las 16:51 (22)
Ocurre que la necesidad de aprobación social derivada del fenómeno de la convivencia es, ciertamente, la principal motivación del individuo para actuar de acuerdo con los órdenes normativos de la sociedad. Pero esa necesidad no es en sí misma suficiente para garantizar la estabilidad de las estructuras sociales, basadas en la renunciación instintiva del hombre (el paso del principio de placer al principio de realidad, al que se refería Marcuse, sobre la base de las tesis freudianas).

Por ello, la sociedad demanda de un orden institucional, que si bien tiene su validez en el reconocimiento psíquico de los miembros de la comunidad, pueda emplear en última instancia y fundado en esa validez, un medio de coacción física que garantice en todo caso su vigencia y la seguridad de la continuidad histórica de la comunidad.

El Derecho, primitivamente, iba dirigido a proteger a la sociedad del individuo (Freud) y en la actualidad, sigue cumpliendo esa función, aunque, desde hace algunos siglos y en una medida creciente, también se dirige a proteger al individuo de los abusos del poder político, constituido precisamente para defender a la sociedad de las tendencias disgregadoras de sus propios miembros (la “agresividad maligna” de Fromm) y de las agresiones exteriores de otros grupos.

El Estado es la organización que mejor ha sabido cumplir estos fines. De hecho, las culturas no garantizadas por un Estado (o varios) han desaparecido ya o están en trance de hacerlo, a menos que los propios Estados se comprometan a respetarlas. Leía hace poco en un libro de antropología que: “Los problemas graves que sufren los pueblos indígenas, tales como: despojo de tierras, destrucción ambiental, desarraigamiento cultural, (…) tienen que ver de manera directa o indirecta con la ignorancia, subversión o agresión directa que practican los estados contra los sistemas indígenas de orden social.”


Enviado por el día 26 de Noviembre de 2005 a las 16:52 (23)
Y, en cuanto al “Estado mundial”, aunque sea entrar en el campo de las especulaciones y de la ciencia ficción, a mi no me cabe duda de que, si alguna vez, las comunidades hoy garantizadas por Estados sienten que, por una amenaza exterior o por otro motivo, la protección del Estado deviene insuficiente, éste será superado por una organización política mayor en la que recaerá el poder supremo.
Enviado por el día 26 de Noviembre de 2005 a las 16:54 (24)
1º ¿Cómo van a cumplirlos? Pero si la ley se basa ya de entrada se diseña de manera constructivista y no se deja que los individuos la acepten o la rechacen en un proceso competitivo para probar su bondad. Por supuesto la voluntariedad se refiere al individuo en sí, las instituciones no tiene nada que ver con la aprobación consciente del grupo. El problema del cálculo económico socialista se presenta así como palpable.

2º Monocéntrico quiere decir que viola la experimentación individual y la competencia entre las normas espontáneas, ni más ni menos.

3º Falso, no es necesario basar una enorme parte del derecho en la coacción. Véase sino el ordenamiento civil. Creo que deberías documentarte mejor (el libro de Bruce Benson es suficientemente ilustrativo) sobre el proceso evolutivo hacia el derecho penal, esto es, un proceso destinado a incrementar la recaudación real al convertir las ofensas privadas en crímenes públicos por los que el Rey también debía ser indemnizado.

4º La autoridad inapelable puede surgir de manera espontánea en el mercado (como les sucedía a los jurisprudentes romanos) de manera similar al dinero privado: las sentencias de aquellos jueces parciales, torpes o ineficientes pierden todo valor. En cambio, las soluciones adecuadas se extienden y se generalizan.

5º Los problemas de los pueblos indígenas no son la falta de Estado, sino la falta de instituciones jurídicas de cualquier tipo. De hecho, cualquier Estado que surgiera en ese territorio sólo serviría para hipertrofiar las tendencias que ahora están padeciendo.

6º Dudo que el Estado mundial contribuya en nada a una mejor defensa. Pero el punto no era ese, sino crear un autoridad que respaldara el derecho internacional. Habida cuenta de su supuesta necesidad.
Enviado por el día 26 de Noviembre de 2005 a las 19:52 (25)
Barak, ahora mismo estoy investigando sobre ese tema, cuando obtenga las conclusiones te las haré saber.
Enviado por el día 26 de Noviembre de 2005 a las 19:53 (26)
1º Te repito que nadie ha construido los tribunales, ni diseñado el Parlamento, ni planificado el poder ejecutivo. Son instituciones que nacen y se desarrollan en el seno del grupo social.

2º Es la experimentación individual (familiar y tribal, de hecho) la que da como resultado la aparición del Estado.

3º No vas a encontrar ni un sólo jurista que diga que la coacción no es un carácter esencial del Derecho, no del nuestro, ni del actual, sino de todo Derecho, así que no me molestaré en dicutir más sobre ese punto. Y la rama del Derecho no tiene aquí absolutamente nada que ver. En el ordenamiento civil, lo que sucede es que muchas de sus normas son disponibles, es decir, sustituibles por una regulación de autonomía privada que -dentro de ciertos límites- tendrá fuerza de ley entre las partes y, por tanto, podrá imponerse coactivamente su observancia. El ordenamiento privado hace suya y convierte en ley, dentro de ciertos límites, la voluntad particular. Y las reglas emanadas de esa voluntad son inter partes tan coactivas como cualquier otra norma jurídica. Y una norma dispositiva que no haya sido sustituida por una regla inter partes es vinculante y puede ser impuesta forzosamente.

Y respecto a la evolución del Derecho penal, creo que habíendome leído los tratados de Quintano Ripollés y Gimbernat Ordeig y estudiado el de Cerezo Mir, tengo una idea bastante clara del tema. Por cierto, ninguno de ellos es economista. Da la casualidad de que todos son afamados penalistas.

4º Repito que esa autoridad inapelable ya ha surgido espontáneamente a lo largo de un proceso histórico. Es el Estado.

5º Y en relación al Derecho Internacional Público, estás presuponiendo que no hay duda sobre su carácter de Derecho, lo que ya te digo que es mucho presuponer. En mi opinión, sólo son Derecho aquellas de sus normas (consuetudinarias o convencionales) que prevén la posibilidad de imponer sanciones en caso de incumplimiento.
Enviado por el día 26 de Noviembre de 2005 a las 21:06 (27)
Por cierto, que lo de los pueblos indígenas, haré como que no lo he leído.
Enviado por el día 26 de Noviembre de 2005 a las 21:33 (28)
1º No se trata sólo de quien ha construdo esas instituciones, sino de que intentan coordinar a toda la sociedad através de mandatos coactivos constructivistas, lo cual es simplemente imposible.

2º No, la experimentación individual tiene que dar como resultado la ley, no un inventor de la ley.

No vas a encontrar ni un sólo jurista que diga que la coacción no es un carácter esencial del Derecho, no del nuestro, ni del actual, sino de todo Derecho.

Cojo el libro que tengo encima de la mesa "El orden jurídico medieval" de Paolo Grossi. Leo (pág 40-41): Continúa circulando en la sociedad en general, e incluso entre los operarios del Derecho, una consciencia ramplona que reduce el Derecho a un conjunto de preceptos y al productor del derecho a, sobre todo, la autoridad provista de eficaces poderes de coacción. Por no hablarte de Bruce Benson o Randy Barnett, que no parecen juristas despreciables.

En otras palabras, el derecho no necesita de mecanismos violentos para prevalecer, en un orden policéntrico la exclusión practicada ante el incumplimento de los contratos sería equivalente a un confinamiento en la cárcel. Por supuesto, eso no significa que el uso de la fuerza esté totalmente desterrado, simplemente que hay dos maneras de hacer cumplir el derecho: por la fuerza o incentivando los beneficios de su cumpliento. La organización autoritaria recurre a lo primero, el orden espontáneo a lo segundo.

4º Ahí cometes un enorme error: la autoridad no se refiere al poder, sino a su influencia social. La autoridad debe estar sometida a cambio, debe revalidarse cada día. Cosa que no hace el Estado, ¿y por qué debería hacerlo? Se basa en el poder, no en la autoridad, cosa muy distinta.

5º Las sanciones no necesariamente implican el uso de la violencia.

6º Puedes hacer como que lo has leído e intentar discutirlo. Me temo que no tienes muy claro el significado de institución.
Enviado por el día 26 de Noviembre de 2005 a las 21:56 (29)
1º La sociedad se ordena a través de un entramado de normas jurídicas (y por eso coercibles). Es el grupo, directamente o a través de representantes, elegidos o no, el que acaba dotándose de ciertas instituciones políticas a las que atribuye como funciones esenciales: garantizar el Derecho –cualquiera que sea su fuente- y asegurar la paz, particularmente, frente a amenazas exteriores.

En su mayoría, lo que el Derecho ordena imperativamente es el aspecto jurídico-público de las relaciones sociales; las relaciones inter pares, se “abandonan” a la voluntad particular, convertida en regla jurídica; sin perjuicio de que, supletoriamente, se establezcan regulaciones que, en última instancia, tienen un origen consuetudinario o jurisprudencial.

2º La experimentación a la que te refieres da lugar a un mecanismo de creación de leyes por el grupo a través de instituciones, lo cual responde a la necesidad de hacer frente a las realidades cambiantes de manera rápida y eficaz. El Derecho consuetudinario, por definición, no puede adaptarse con suficiente rapidez a los cambios repentinos. De ahí la superación del ius civile por el derecho pretorio, con la expansión romana, y de ahí, la atribución de potestades normativas a los caudillos, para regular las relaciones relativas a los territorios conquistados.


Enviado por el día 27 de Noviembre de 2005 a las 15:14 (30)
3º Ciertamente, el señor Grossi tiene una visión, digamos, original de la Edad Media, y en particular, de su sistema jurídico, que concibe a modo de isla entre el pensamiento romano y el moderno. Sin perjuicio de que no comparto sus postulados, especialmente, en materia de Derecho público (entiendo que nada en historia puede aislarse del pasado o del futuro, y en particular, el concepto de soberanía, base del Estado, se encuentra ya en la Edad Media a través del principio “populus maior princeps”, presente en los decretos del Emperador de los germanos, emitidos bajo la fórmula “Uns und dem hiligen Reicht”, en el juramento de fidelidad del rey para con el pueblo aragonés o en la Magna Charta de 1215, por citar sólo algunos ejemplos). Decía que sin perjuicio de que no comparto su visión insular de la Edad Media, es lo cierto que Grossi no niega que el Derecho precisa de un poder que lo haga valer. O de muchos. Pero sin la posibilidad de coerción no hay Derecho.

4º La autoridad puede designar a una persona o entidad de reconocida competencia en algo, sí. Pero también designa, y en ese sentido empleo el término, al “poder que gobierna o ejerce el mando, de hecho o de derecho”. Y, desde luego, que requiere el asentimiento de los gobernados (que es la única legitimidad posible para el poder político) porque, de otro modo, está llamada a desaparecer, como ha sucedido en no pocas ocasiones; se me ocurre la “desaparición” de Yugoslavia, como caso reciente.

5º Ciertamente. No toda sanción requiere una violencia física, pero toda sanción supone una violencia moral, que en determinadas circunstancias puede ser tan efectiva como la física.


Enviado por el día 27 de Noviembre de 2005 a las 15:16 (31)
6º Que los pueblos indígenas han tenido instituciones propias y que algunas de ellas se conservan en la actualidad es algo indiscutible. El Convenio de la OIT 169/89 dice en su art. 8 que “dichos pueblos deberán tener el derecho de conservar sus costumbres e instituciones propias…” “La personalidad distintiva de los pueblos indígenas no sólo es cuestión de lengua y otras expresiones culturales, sino el resultado de la reproducción social permanente del grupo a través del funcionamiento de sus propias instituciones sociales, políticas y, frecuentemente, también religiosas, y del mantenimiento de sus propias leyes, tradiciones y costumbres.” Claro que bien podría ser que ni yo, ni los redactores del citado convenio tengamos claro el concepto de institución.



Enviado por el día 27 de Noviembre de 2005 a las 15:17 (32)
1º No, la sociedad es la que cree las normas jurídicas a través de la persecución de sus fines, esto es, comportamientos pautados y previsibles. Estamos hablando de acuerdos, pactos y alianzas entre centros de poder múltiples que crean instrumentos para resolver problemas particulares pero que, a través de la competencia normativa, terminan generalizándose.

La idea de que la sociedad surge de las normas creadas por un grupo de cabezas pensantes es puro constructivismo.

La distinción entre relaciones públicas y privadas no deja de ser obsoleta y acientífica, porque precisamente no existe ningún criterio para saber ex ante qué actos van a tener influencia o van a ser útiles al resto de personas. Esto sólo puede conocerse mediante la competencia normativa de unidades jurisdiccionales libres.

2º Las leyes no se crean mediante instituciones tal y como tu las entiendes (que no tienen nada que ver con la concepción evolucionista de las instituciones trazada por Menger y desarrollada por Hayek), sino que el Derecho es la institución. El problema del constructivsmo no se diluye por el hecho de que los organismos públicos sean hoy los monopoistas del derecho. Sería como decir en 1980 que en la URSS sólo puede funcionar el comunismo porque el capitalismo había dado paso a la revolución a través de prueba y error.

El problema del derecho romano era que la experimentación revolucionaria era monopolio del Pretor, de manera que todo el ius civile le iba a remolque. Nadie ha dicho que el derecho romano sea un ejemplo de orden policéntrico, tiene algún aspecto, pero seguía teniendo defectos.

3º Sobre la necesidad de coacción te contesto en el 5º, que parece que das marcha atrás o que no te había entendido.

4º No he negado que la autoridad pueda delegar en otra persona, al fin y al cabo eso será otra prueba de su prestigio sometida al juicio de los individuos.
Enviado por el día 27 de Noviembre de 2005 a las 15:51 (33)
Lo que niego es que la autoridad sea algo petrificado y a la que deba someterse el 40% por el hecho de que el 60% restante siga acatándola. Precisamente, lo que caracteriza a la autoridad es su no obligatoriedad y la posibilidad de rechazarla individualmente si se la juzga carente de prestigio. No creo que el Estado encaje ahí.

5º Si aceptas la violencia moral, o la exclusión social, como un mecanismo de violencia que valide el derecho, entonces, sí. Todo derecho requiere violencia, porque su no acatamiento provocará el rechazo de quienes creen que sí es necesario. Y si nadie lo creyera, simplemente ese derecho sería inexistente. Lo que discuto no es si el derecho puede existir sin esa "violencia", sino sin "violencia física".

6º Pues hombre, dudo que la OIT lo tenga claro. Instaurar un Estado en esas tribus de nada serviría, porque en su mayoría carecen de una institución tan elemental como el respeto al individuo. Y, en otros casos, simplemente se niegan a "evolucionar" al modo occidental. Tal y como les ocurre a los amish.
Enviado por el día 27 de Noviembre de 2005 a las 15:59 (34)
1º La sociedad no es creada por el Derecho. El Derecho (y, con él, el poder que lo haga valer) es creado por la sociedad para garantizar la estabilidad y permanencia de las propias estructuras sociales. Y ello es así porque una inmensa mayoría de los individuos ven las estructuras sociales como necesarias, y por tanto, deseables y susceptibles de protección.

Todo acto jurídico, por definición, tiene efectos -directos o indirectos- sobre las demás personas. ¿Qué convierte a un acto en jurídico? Su contemplación por el Derecho, que se produce cuando, siendo relevante para otros, los agentes creadores de Derecho (el Parlamento, la conciencia jurídica popular, el poder ejecutivo o la autonomía privada) le dotan de una eficacia jurídica. Desde este punto de vista, toda relación jurídica, pública o privada, interesa a la sociedad. Es doctrina mayoritaria que la distinción entre relaciones jurídicas públicas y privadas no se hace sobre la base de sus fines (o de los "intereses protegidos"), como parece pretender Hayek, sino sobre la base de la condición de los sujetos intervinientes (en la relación jurídico-pública, al menos, uno debe ser un agregado político, actuando revestido de imperium).

2º Es evidente que las leyes se crean por instituciones, tal y como yo las entiendo. Otra cuestión es si eso debería ser así o no. No mezclemos el ser con el deber ser. Lo cual no quita que, efectivamente, en un sentido amplio, el Derecho pueda ser considerado como institución, como también el lenguaje, el Parlamento, la ciencia o una persona jurídica. Porque una institución, en sentido amplio, desborda el campo de las organizaciones sociales para designar "una forma de pensamiento o acción con cierta preponderancia y permanencia incorporada en los hábitos de un grupo o las costumbres de un pueblo" (Hamilton).

3º No hay Derecho sin coacción. El propio Hayek dice que la coacción no puede desaparecer, sino con "amenazas de coacción".
Enviado por el día 27 de Noviembre de 2005 a las 19:19 (35)
4º Lo que quería decir era que el término autoridad puede hacer referencia a prestigio, pero también a poder. Y es en este último sentido en el que yo lo empleo. Y la única justificación del poder -dentro del respeto a la dignidad de la persona- es el consentimiento mayoritario de los sometidos a él.

5º Acepto la violencia moral como sanción "en determinadas circunstancias". Sólo cuando pueda ser eficaz, lo que en una sociedad como la actual resulta francamente complicado. Uno no investiga a todo cliente que entra por su establecimiento para saber si tiene por costumbre o no pagar sus deudas. Esos grandes almacenes no van a dejar de venderle todo lo que puedan al "mardito" estafador que me dejó la casa empantanada, incumpliendo su contrato de ejecución de obra. Si tiene una casa libre de cargas, el banco le dará una hipoteca, y suma y sigue. Excluir a un individuo no es tan fácil hoy como lo era hace diez siglos, cuando esa sanción era habitual (porque era factible y funcionaba). Además, no hay que olvidar que el "jefe" velaba por el cumplimiento de la misma y que el trato con el expulsado podía acarrear serias consecuencias para el que lo tuviera.

6º Puede que instaurar ahora un estado en esas tribus no sirviera. Pero "a stich in time, saves nine". Lo que digo es que si esas tribus hubieran tenido una organización estatal suficientemente fuerte hace quinientos años, igual no habrían sido fagocitadas por los "bárbaros". El Estado cumple una función esencial: defender un territorio y a la comunidad que en él reside, permitiendo el desarrollo autónomo de sus instituciones, en el sentido más amplio de la palabra.
Enviado por el día 27 de Noviembre de 2005 a las 19:40 (36)
1º No creo haber dicho que la sociedad sea creada por el Derecho. El problema es que esas estructuras sociales de las que hablas son "relaciones sociales" y crear una norma que las "garantice" significa petrificarlas, lo cual paraliza el proceso de prueba y error empresarial. De nuevo, el orden no significa que la mayoría imponga a la minoría su organización, sino que las normas y las pautas sociales surjan de la simple evolución y competencia entre las normas.

Todo acto jurídico no debería tener efectos sobre las personas que no deciden subordinarse a él. Por supuesto, las instituciones espontáneas suponen la aparición de un conjunto de pautas que afectan a las personas, pero siempre que las personas decidan participar en ellas. En mi caso, por ejemplo, la institución del idioma francés me afecta más bien poco, lo cual significa que probablemente no podré comunicarme con un francófono. Soy yo quien al elegir no aprender francés me excluyo de las relaciones verbales con los franceses.

El acto jurídico que prentende coordinar todas las relaciones sociales de un territorio, amén de abocado al francaso, no cumple con el paradigma de institución espontánea, que no se impone a nadie y mucho menos se crea para organizar a ese alguien.

2º Por eso te decía que no hablábamos de lo mismo cuando decíamos institución. Una cosa es crear un mandato coactivo y otra que las pautas normativas surjan como consecuencia no consciente de la acción humana. Se trata de la diferencia hayekiana entre taxis (u orden planificado) y cosmos (u orden sin plan previo).
Enviado por el día 28 de Noviembre de 2005 a las 00:50 (37)
El Parlamento no es una institución porque todos carecemos de la posibilidad de sustraernos a él y, por tanto, no puede caducar. Cuando yo dejo de hablar el español para usar el inglés estoy influyendo sobre la institución lingüística del español; si yo sigo hablando el español pero no quiero que en mi presencia se usen ciertas palabras (como insultos) entonces el español se modifica en mi entorno. Tal fenómeno es inconcebible en el caso del Parlamento, el cual subordina por el poder y no por la autoridad (si bien es evidente que para mucha gente el Parlamento tiene autoridad, incluso para la inmensa mayoría; pero el hecho de que no permita salir a los que así no lo consideramos, da muestras de su imposibilidad de evolucionar al ritmo de las necesidades humanas).

3º Reconduzco, como antes, la discusión de este punto al quinto, para evitar repetirme.

4º Sin duda el poder se asienta sobre el consentimiento de la mayoría: todo el poder, incluso el totalitario. La cuestión es que ese tipo de organización, basada en la imposición violenta de los deseos de la mayoría sobre la minoría, no sólo es completamente antiliberal, sino además está condenada a empeorar la vida de todas las personas, salvo las que disfruten con la miseria y la ruina del género humano. Y es que la planificación socialista no funciona, tampoco en el derecho o especialmente en el derecho. Aun el político mejor intencionado fracasaría ante la imposibilidad de obtener toda la información necesaria para coordinar a todos los individuos que se encuentran sobre su jurisdicción. De hecho, al pretender hacerlo genera unos procesos de realimentación negativos, minando la coordinación y empeorando la utilidad de las instituciones espontáneas que todavía operan en un marco estatalista.

5º En un orden policéntrico la violecia moral, como tú la llamas, siempre es eficaz. Hoy no lo sería porque no estamos en un orden policéntrico, ciertamente.
Enviado por el día 28 de Noviembre de 2005 a las 00:55 (38)
No es de extrañar, por tanto, que el Estado tenga que recurrir más y más al uso de la violencia para conseguir ejecutar sus mandatos descoordinativos. No se intenta incorporar el derecho como un medio adecuado para los fines del ser humano, sino que se busca la represión del individuo si pretende saltarse un derecho anquilosado e intervencionista.

La cuestión del cliente es sencilla de resolver: si el fraude se generalizara se reclamarían garantías legales o las listas negras empezarían a circular con mayor facilidad.

El que dejó tu casa empantanada podría seguir comprando en grandes almacenes pero difícilmente podrá seguir dedicándose a prestar servicios, a no ser que lo haga a un precio tan reducido que el cliente esté dispuesto a asumir el riesgo.

A la persona se la excluye de aquellos ámbitos donde ha defraudado, en aquellos otros donde cumple sus acuerdos y actúa conforme a derecho. La cuestión es que quien incumpla sus acuerdos ve reducida su autonomía.

6º La organización estatal necesariamente hubiera degenerado en caos, en guerra civil y en matanzas varias. No es aconsejable darle las llaves de un coche a un niño de siete años; incluso los cultivados europeos lo utilizaron con fines genocidas hace pocas décadas. Lo que ha cambiado esencialmente en Occidente no es el modelo de Estado, sino la conciencia de la gente en relación con el genocidio (si bien, una gran mayoría sigue sin aprender la lección). Para ello no es necesario el Estado, que sólo proporciona los medios ser despótico y que, en todo caso, está condenado a fracasar aun cuando cuente con la mejor de las intenciones.
Enviado por el día 28 de Noviembre de 2005 a las 01:06 (39)
1º Crear una norma que garantice las relaciones sociales no significa petrificarlas. Eso sería así, si la norma no pudiera variar, pero, como sabrás, es un principio fundamental del Derecho el que las normas siempre pueden ser derogadas por otras posteriores. De ahí que, por muy garantizadas que estuvieran por el Derecho algunas relaciones sociales que caracterizaban “l’Ancien Régime”, hoy poco queda de ellas.

La función de las normas jurídicas, del lenguaje, de la moneda, de la ciencia, de los valores morales y de las demás instituciones es garantizar la permanencia del orden social, difundiendo información y abaratando su coste en la medida necesaria para contrarrestar la entropía, que es un carácter tan inherente a las sociedades humanas, como a todos los sistemas abiertos. Sin ellas, inevitablemente, el grupo social se disgrega y desaparece, como tal.

Decía Freud que “el hombre no es un ser bondadoso por naturaleza, todo lo contrario, es un ser agresivo que ve a sus semejantes como enemigos potenciales, de los cuales tiene el temor de ser explotado, usado, robado, humillado, etc…, así que, ante la amenaza de su desintegración, la sociedad tiene que crear sus propios medios de defensa por medio de la represión.” “La cultura debe ser defendida de la agresión de ciertas personas, y el derecho tiene esa finalidad”.

Enviado por el día 28 de Noviembre de 2005 a las 15:53 (40)
Y el orden siempre significa que el grupo “impone” sus pautas de conducta al individuo (a través de lo que se llama “socialización”) y que la mayoría “impone” sus pautas de conducta al grupo. Y esa imposición se realiza, directa o indirectamente, a través de autoridades, revestidas de un poder al que el individuo, si quiere pertenecer a esa comunidad, sencillamente, no puede sustraerse. Es así como surgen las normas jurídicas, es así como surgen el lenguaje, la moneda y demás instituciones sociales.

¿Has elegido tú, acaso, servirte de la institución “idioma español”? ¿Puedes sustraerte a ella completamente, viviendo en España?

Todo acto jurídico, lícito o ilícito, unilateral o plurilateral, general o particular, debe, por definición, tener efectos sobre las demás personas, incluidas, desde luego, las que no quieran someterse a él. Sostener lo contrario es sencillamente no entender lo que es el Derecho.

Y en cuanto a ese acto jurídico “que pretende coordinar todas las relaciones sociales de un territorio” sólo se me ocurre que pueda ser una norma constitucional, escrita o consuetudinaria. Y la constitución no “coordina” nada, sino que regula las relaciones sociales de mayor trascendencia para la conservación del orden social: señaladamente, el respeto a los derechos individuales y el ejercicio del poder político. Es lo que Hart denominaba “norma secundaria”. Este autor diferenciaba las normas primarias, que gobiernan ciertos aspectos de la vida cotidiana -y por ello son más flexibles y adaptables- y las secundarias, más permanentes, que son las que sostienen y otorgan carácter legal a las primeras.

Enviado por el día 28 de Noviembre de 2005 a las 15:57 (41)
2º No hay mandato normativo que surja de manera no consciente. La norma jurídica, por definición, presupone un juicio de valor y tiene una finalidad: garantizar la previsibilidad de la conducta individual, como prerrequisito para la existencia de relaciones sociales. Pero es que, lo que no acabas de ver es que todo “cosmos” humano, precisamente, porque es humano y el ser humano es, entre otras cosas, racional y previsor, devenir, con el tiempo, de un modo u otro, una “taxis”. El ser humano es consciente de sí mismo, es consciente del beneficio que le reportan ciertas instituciones, es consciente de los peligros que las acechan y actúa en consecuencia, generando normas para conservarlas.

No careces de la posibilidad de sustraerte al Parlamento. No más que de la posibilidad de sustraerte al “idioma español”. Nadie te obliga a permanecer en la comunidad en la que esa institución está vigente. Como nadie te obliga a permanecer en la comunidad donde “vive” la institución “idioma español”. Pero, en ambos casos, si pretendes vivir dentro de esa comunidad, tendrás que aceptar sus instituciones.

4º Ya te he dicho que toda norma social, y no sólo la jurídica, supone una imposición “violenta” de los deseos de la mayoría sobre la minoría, así que no voy extenderme sobre ello. Y luego me identificas la planificación socialista con la pretensión de que el Estado garantice el orden público, la defensa exterior y el cumplimiento de las normas. Un Estado así lo único que hace es asegurar el marco para que la iniciativa particular florezca. No coordina nada. Garantiza la seguridad jurídica, esencial para la actividad empresarial y humana, en general.

Enviado por el día 28 de Noviembre de 2005 a las 15:59 (42)
5º La eficacia de la violencia moral, hasta donde se me ocurre, no tiene que ver con el hecho de que un orden sea o no policéntrico, sino con la posibilidad y el coste de la exclusión del infractor.

Efectivamente, el Derecho, todo Derecho, busca la represión del individuo que pretende saltárselo.

El Estado es una garantía de la ley. ¿Listas negras? ¿Y qué nombre incluiría el panadero en la lista? “Un tipo de tez morena, medianamente alto, que llevaba una sudadera gris”.

Suponiendo que el cliente “conozca” ese riesgo. Suponiendo que el estafador no decida hacerse pasar por alguien que no es, o no decida estafar en otro lugar o con otros servicios.

El concepto de exclusión no es tan sencillo como lo pintan, muchas veces, en especial, en sociedades muy complejas, la exclusión no es posible o resulta demasiado costosa y, lógicamente, también tiene su “reverso tenebroso”; quién asegura que la exclusión, de ser posible, es justificada y no se basa en criterios puramente egoístas, pero no en el sentido humano positivo de buscar el máximo beneficio propio, sino en el sentido, no menos humano, pero ya no tan positivo de regocijarse con la desgracia ajena.

6º Sigues negándote a ver lo evidente. Que el Estado ha cumplido históricamente y sigue cumpliendo en la actualidad la función de garantizar la pervivencia de la comunidad en la que surge. En historia, las cosas no suelen suceder “porque sí”. La existencia del Estado tiene una razón de ser.

Enviado por el día 28 de Noviembre de 2005 a las 16:02 (43)
1º Crear una norma que no se adapte a las relaciones sociales sino que obligue a adaptar las relaciones sociales a la norma, atacando y subvirtiendo la empresarialidad individual sí supone petrificar el derecho. El legislador pretende coordinar a la sociedad mediante mandatos coactivos, lo cual resulta imposible. De ahí que se petrifica la norma hasta que el legislador crea haber descubierto un error en su sistema de normas. Pero ni puede apreciar la auténtica entiedad del error (pues carece de la información tácita, dispersa, privativa y no articulable) ni, mucho meos, aun cuando lo supiera, sería capaz de hayar la solución correcta y flexible.

El orden social es, entre otras cosas, el derecho, la monada y el lenguaje. No existen dos órdenes, uno principal y otro secundario. De hecho, pretender planificar los distintos ámbitos del orden social supone el principal ataque a la evolución espontánea. Garantizar el orden acabando con él, sustituyéndolo por una organización jerárquica que paralice o restrinja el proceso evolutivo.

Como ya te he dicho en otras ocasiones, no sé que tiene que ver la bondad o maldad del ser humano para defender un Estado construido y dirigido por hombres, buenos o malas.

La sociedad no tiende a la disgregación sencillamente porque es beneficiosa para el género humano. Sin la división social del trabajo y la cooperación humana, nuestro bienestar desaparecería de inmediato. Por ello, la sociedad perdurará, porque al hombre le sigue interesando entablar relaciones con otros hombres, para alcanzar sus fines.

Y no, orden no significa que el grupo impone sus prácticas al individuo, eso es lo que Hayek llama taxis, u organización. El orden es un cosmos espontáneo que, sin pretender, genera las instituciones espontáneas de las que todos se benefician mediante su participación. Por ejemplo, hablar el idioma castellano beneficia a todos los habitantes de una ciudad al facilitar la comunicación. Es absurdo e innecesario imponerlo: se autoejecuta.
Enviado por el día 28 de Noviembre de 2005 a las 17:55 (44)
Yo no he elegido hablar el español y, en cierta medida, no se me ha impuesto (sí a través del sistema educativo, pero a buen seguro lo hubiera aprendido igual sin éste -tal vez mejor). Por supuesto me puedo sustraer al español, pero soportando enormes costes, al menos en ciertos pueblos. En Valencia, por ejemplo, podría sustraerme con mucha mayor facilidad. La cuestión es que el individuo se adapta al grupo si así consigue de manera más fácil sus fines (la comunicación), pero precisamente PORQUE beneficia al individuo, a todos los individuos, es innecesairo imponerlo; incluso nocivo.

¿Un contrato genera efectos sobre terceros? Obviamente no. Tú noción de derecho consiste en un conjunto de mandatos jerárquicamente impuestos sobre una colectividad. Yo puedo sustraerme a la aplicación de una norma, pero ello puede acarrearme la autarquía. O puedo encontrar a otra persona que está de acuerdo conmigo para sustraernos ambos del orden jurídico, de manera que estableceré contratos que nada tienen que ver con los contratos mayoritarios de una sociedad. Por tanto no, todo acto jurídico no tiene por qué repercutir en los demás; de hecho no salimos de una teoría neoclásica de las externalidades negativas, consecuencia de una mala definición de propiedad. Hoy, desde luego, eso no es así, y el derecho positivo tiene influencia sobre todos.

¿Qué es un mandato coordinativo? Una ley que establece la pauta que tendrá que seguir el individuo o los individuos que se encuentren en una determina situación o que quieran realizar un determinado acto jurídico. Si les sustrae la autonomía de las partes y se la sustituye por previsiones legales. Las normas de curso forzoso son un ejemplo claro.

2º Es que los mandatos normativos son propios de una organización coactiva (los mandatos internos de una empresa son sólo aparentemente coactivos pues, en realidad, existe la posibilidad de no acatarlos, separándote de la empresa). Por tanto, te doy la razón en que todos son conscientes.

Enviado por el día 28 de Noviembre de 2005 a las 18:03 (45)
De ahí la diferencia, una vez más, hayekiana entre orden teleocrático y orden nomocrático. El primero característico del socialismo, dirige a toda la sociedad hacia un fin concreto, contenido en las normas. El segundo, se trata de un orden jurídico que, como el lenguaje, nadie ha creado para que hoy ocupe la posición que está ocupando en la vida de millones de personas, sino que ha evolucionado espontáneamente, a través del uso y empleo descentralizado que han hecho miles de personas. Cada una de ellas persiguiendo un fin pero, en cierta manera, modificando la institución y mejorándola.

Por ello, los mandatos normativos de los que tu hablas deben ser por normas jurídicas de carácter espontáneo, cuyo origen es no consciente, esto es, no tenían una pretensión de generalidad ni coordinadora, sino que se han adoptado y generalizado a través de un proceso competitivo, al ser útiles para las finalidades de los distintos individuos que, voluntariamente, han decido usarlas.

La previsibilidad de la conducta individual se garantiza sabiendo que la norma no puede ser modificada arbitrariamente y que gozará de una cierta estabilidad. Un sistema parlamentario con inflación legislativa difícilmente garantiza esa previsibilidad, en tanto las acciones que emprendo hoy pueden no ser legales mañana.

Cuando dices que todo cosmos deviene en taxis, primero, caes en una trampa absolutamente socialista. Si ello fuera así, el mercado, cosmos por excelencia, también debería devenir taxis, esto es, una economía centralizada y planificada, para protegerla. En cierto modo, esta fuera la teoría de Oskar Lange y su socialismo competitivo: "con el socialismo garantizamos la competencia perfecta. Por tanto, supongo que convendras conmigo en que no todo cosmos deviene en taxis, ni mucho menos.

Es más, si para garantizar una institución que es saludable por ser espontánea, matamos la espontaneidad y la "construimos" desde cero, la institución deja, lógicamente, de ser útil.
Enviado por el día 28 de Noviembre de 2005 a las 18:10 (46)
El ser humano puede ser consicente de la utilidad de la lengua, pero no es consciente de cómo debería ser la lengua para que continúe siendo útil al resto de personas. De ahí que codificarla, petrificarla, y reformarla por procedimientos constructivistas carezca de sentido científico y sea contradictorio en sus propios términos.

No, yo puedo sustraerme al idioma español de manera más o menos sencilla, nadie me obliga a usarlo: ni a hablarle a nadie en español ni a responderle a nadie que me hable en español. Conozco bastante gente que lo hace. Por otro lado, incluso en comunidades absolutamente hispanohablantes puedo sustraerme del español aislándome en casa y relacionándome por el ordenador con gente de habla inglesa. Esto no sucede, en ningún caso, con el Parlamento y su legislación. La diferencia es que el español no utiliza la fuerza para imponerse (o no debería utilizarla, pese a que el Estado se apropie del idioma de manera desacterda) y el Parlamento, como tú mismo reconoces, basa su producción normativa en la violencia.

Por supuesto, el nomadismo ha sido una forma frecuente de evitar el socialismo monocentrista, esto es, las organizaciones tiránicas. Formas modernas de nomadismo lo tenemos con el famoso "voto con los pies", esto es, migraciones masivas que "fuercen" la caída revolucionaria del Estado. Pero todo ello no tiene NADA que ver con una institución, que se caracteriza por el cambio pautado, previsible y adaptativo. Evolución frente a re-volución.

4º No, en absoluto. Las normas mercantiles no obligaban a los que no participaban en este negocio, ni siquiera a los propios participantes en caso de que demostraran a sus colegas que otros términos en las relaciones eran más provechosos para ambos. Esto es simplemente imposible con normas de carácter coactivo, ejecutadas a través del imperium estatal, no porque sean buenas, sino porque provienen del Estado.
Enviado por el día 28 de Noviembre de 2005 a las 18:17 (47)
Toda norma significa una restricción a la actuación empresarial: por ejemplo, el curso legal supone que un empresario se ve forzado a aceptar una moneda de peor calidad simplemente por estar respalda por el Estado. Toda normativa restringe la acción humana y, por tanto, descoordina a la sociedad, a pesar de que su intención sea que la sociedad pueda seguir coordinándose.

El socialismo no es más que un monopolio absoluto sobre las normas jurídicas. El mismo Bruno Leoni, muy perspicazmente, equipara la imposibilidad del socialismo con la imposibilidad de una legislación estatal que solucione los problemas para los que se ha creado. ¿Acaso no era el socialismo un conjunto de mandatos del órgano de planificación central a los que nadie podía sustraerse so pena, como nos recuerda Reisman, de sabotaje?

5º No, en un orden policéntrico, donde el derecho de propiedad es realmente la base del sistema, la exclusión adquiere auténtica relevancia, ya que cada individuo es el que fija los términos completos de su relación con los demás. Lo cual hoy existe de manera mediana (ya que el Estado restringe esa completa soberanía) y en un régimen socialista está completamente desaparecido, pues el Estado impone las concretas relaciones sociales.

El panadero difícilmente tendrá que excluir a nadie, porque sólo aceptará pagos en metálico. Si se fia en pequeños cobros, será porque conoce a la otra parte o porque quiere fidelizar al cliente. En ambos casos, alguien soporta una pérdida y se produce un aprendizaje con la infracción: en la primera el cliente pierde el activo "confianza" y en la segunda la inversión del panadero le ha salido mal.

Si se generalizaran las estafas, el mero conocimiento del hecho reforzaría la petición de garantías o elevaría el precio para quienes no las aportaran. ¿Acaso crees que los empresarios se quedarían impasibles? ¡Pues qué empresarios!

El reverso tenebros de la que hablas no es tal. La exclusión egoísta es perfectamente legítima.
Enviado por el día 28 de Noviembre de 2005 a las 18:25 (48)
Yo puedo excluir de mi propiedad a quién así lo desee, y puedo promover una campaña para que se excluya a otras personas de las propiedades ajenas. De nuevo, tenemos un ejemplo de mandato estatal contrario y que, en cambio, mina la libertad de las personas sobre sus propiedad y sus relaciones sociales. Por supuesto, toda la gente que decidiera excluir a otra debería asumir el coste.

6º La Historia no es un stock, sino un flujo de acontecimientos. Pensar que estamos en el fin de la historia es un tanto ingenuo. También los soviéticos, los socialdemócratas o los neoconservadores pueden alegar que la tendencia histórica da la razón a sus ideas, cuando es del todo absurdo. El Estado ha servido -es decir, ha empeorado menos las cosas de lo que hubiera podido hacer- en aquellas sociedades que han desarrollado un cierto respeto hacia el prójimo y su propiedad. En las sociedades donde todavía existe una cultura absolutamente dictatorial de las relaciones sociales, el Estado no ha servido para nada, salvo para causar daño. Ejemplo, muchos países africanos.
Enviado por el día 28 de Noviembre de 2005 a las 18:30 (49)
1º El Derecho no planifica nada. Va siempre por detrás de la práctica social. Desde luego que la influye (es una de sus funciones), pero no la planifica. El Derecho no es producto de la mente del legislador. Muchos de sus preceptos y principios provienen de una experiencia jurídica secular. Las nuevas normas, creadas por los Parlamentos, tratan de coordinar esa experiencia con las exigencias y necesidades del sector social en el que la norma va a tener aplicación. Porque el Derecho no tiene que ver con el individuo, sino con las relaciones de unos individuos con otros. Es un fenómeno social, no individual.

Cuando una norma deviene obsoleta, o cuando surge una laguna, los tribunales suplirán esa deficiencia por la interpretación. Los afectados la suplirán con sus prácticas y, eventualmente, el legislador, movido por las exigencias del sector afectado, acabará por aprobar una nueva regulación. Un ejemplo típico reciente es el de la llamada "multipropiedad". Y todo ello sucederá mucho más rápidamente que si hay que esperar a la "generación espontánea" de la norma jurídica.

El derecho legislado permite al individuo y al grupo saber antes a qué atenerse, jurídicamente hablando, ante las nuevas realidades. Ello evita largos períodos de inseguridad jurídica que, necesariamente, acompañan a la formación consuetudinaria del Derecho. De ahí que, históricamente, son las épocas de cambios rápidos las que coinciden con la aparición y desarrollo del derecho legislado. Ciertamente, tiene su lado negativo y ahí coincido contigo, los cambios legislativos rápidos y sucesivos -por mucho que se establezcan reglas transitorias- pueden generar inseguridad jurídica.

Y en cuanto al mercado. Bueno, el mercado no existe, así que difícilmente puede ser regulado. Lo que sí que existen son multitud de operaciones individuales, que, desde luego, están perfectamente reguladas por el Derecho. Y la compraventa, por citar una, no ha perdido su utilidad por su regulación, au contraire.
Enviado por el día 28 de Noviembre de 2005 a las 21:08 (50)
En relación a la disgregación de la sociedad, el abandono de poblaciones en el "far west" es un claro ejemplo de ello. La sociedad que no es capaz de mantener un mínimo orden público, deviene insegura y desaparece. Lógicamente, parto de la existencia de muchas sociedades. Es evidente que el hombre no puede escapar a su circunstancia y que está llamado a convivir, pero es evidente también que puede (y de tener la opción, muchas veces lo hace) regido por el "principio del placer", sabotear esa convivencia y llevar a su destrucción.

¿Un contrato genera efectos sobre terceros? No necesariamente, pero puede generarlos. La cuestión es que todo acto jurídico afecta a otras personas. Un contrato, por su naturaleza, sólo afecta a las partes "y a sus herederos". Pero, ¿y si ese contrato lleva a la adquisición de la propiedad? ¿Esa adquisición surte efectos contra terceros que no la han consentido?

En relación a la lengua, será contradictorio en sus propios términos. Pero funciona. Una codificación básica de la lengua es necesaria para su transmisión y aprendizaje. Se prohíben unos usos y se pemiten otros. Unas formas son deshechadas y otras mantenidas, a través de la coerción. El español, como cualquier otra institución, se vale de la "violencia" para su mantenimiento. "Oiga, no le entiendo. Hábleme en cristiano". "Lo siento, es que no hablo su idioma." Todo eso son formas de violencia. De rechazo. En el idioma, la exclusión es fácil. No hay ningún coste de información apreciable en cuanto a quién debe ser excluido.

4º Te niegas a admitir que toda norma se impone al individuo. Siento romperte tu ilusión anarquista, pero la inmensa mayoría de tu conducta, tus reacciones, tus sentimientos, tus valores te han sido impuestos. Puede que tú no fueras consciente de ello, pero así es. Y en cuanto a las normas jurídicas, la cuestión me resulta ya agotadora. Toda norma jurídica se impone al individuo, a menos que sea supletoria y el individuo la sustituya.
Enviado por el día 28 de Noviembre de 2005 a las 21:45 (51)
Y ello es así porque al actuar todos los individudos tienen en cuenta las normas jurídicas. Y llegado el momento de su aplicación, uno de ellos no puede sustraerse a la norma, por muy útil que alegue que su conducta es. El otro individuo (recordemos que el Derecho es cosa de dos o de tres o de muchos) actuó contando con aquella norma y no con otra, que un iluminado pretende hacer prevalecer.

5º ¿Quieres decir con eso que cada individuo debería ser legislador, juez y ejecutor en su propiedad? ¿Todo debe estarme permitido en mi actuación para con los demás dentro de mi propiedad? ¿No pueden "los demás" imponerme normas de conducta? ¿Pueden los dos únicos proveedores de la zona aplicar precios distintos a sus clientes para favorecer a unos y hundir a otros? ¿Pueden negarse a contratar conmigo sin razón alguna? ¿No pondría eso en peligro la competencia y el progreso? Y lo que es más importante, ¿no sería injusto? Sancionar a alguien sin motivo, sólo por capricho. Por no decir que podrían pagar a alguien para que me matara o me diera una paliza. Creo que el derecho imperativo debe poner coto a esos excesos de la autonomía de la voluntad. Cuando el individuo no busca el provecho propio, sino el daño ajeno, su conducta no debe estar amparada por el Derecho. Ese es el sentido del fundamental art. 1255 de nuestro Cc.

¿Y crees que elevar el coste de las transacciones, exigiendo garantías, es una buena manera de fomentar el tráfico? La evolución del movimiento de la tierra en España, antes y después de 1861, es un buen ejemplo de lo que te quiero decir.

Claro, si todos los hombres fueran buenos por naturaleza no habría "reverso tenebroso". Pero ese no es el caso. De ahí la regulación imperativa para limitar la autonomía de la voluntad.

Enviado por el día 28 de Noviembre de 2005 a las 22:11 (52)
6º No dudo que el Estado ha causado daños, y que, en la actualidad, hay países en los que causa más daño que otra cosa. Pero un Estado limitado, al modo occidental, aunque tiene inconvenientes, se ven superados por sus ventajas. Y es que muchos olvidan que Europa y los sueños anarco-capitalistas florecen al amparo de la "pax americana", garantizada por los formidables medios de los Estados Unidos y sus aliados occidentales. Como apunta Kissinger en su clásico "Diplomacia" (por cierto, un libro sorprendentemente bien escrito), la histórica inestabilidad rusa y el surgimiento y afianzamiento de las potencias asiáticas son peligros a los que sólo un Estado fuerte podría hacer frente con éxito.
Enviado por el día 28 de Noviembre de 2005 a las 22:22 (53)
1º Ya de entrada el derecho administrativo es un conjunto de distintos mandatos que pretenden planficar el comportamiento de la administración y su influencia sobre la sociedad, la cual, por desgracia, no es escasa.

Pero es que además, algo tan inocente como el derecho civil, supone una planificación de cuál es la solución y la norma adecuada para cada persona. En otras palabras, esa norma tendrá que aplicarse a todas las situaciones y relaciones sociales que se parezcan a la misma. De esa manera, esta preconfigurando las relaciones sociales, sentando en cada caso las consecuencias de las mismas.

Todo el derecho sirve para imponer un patrón centralizado de comportamiento a los individuos, con ciertos márgenes de autonomía. Pero al imponer las fronteras y los pasillos internos del laberinto jurídico, se impide que la propia acción empresarial descubra las soluciones adecuadas a casa fenómeno cambiante de la sociedad; entre otras cosas porque se le impide actuar de manera autónoma en esos campos.

Ciertamente muchos principios del derecho no son más que costumbre codificada y otras normas intentan ser la aplicación de esos descubrimientos científicos del pasado en la época actual. PERO, el auténtico problema es ése, que se ha paralizado el proceso prueba-y-error característico del derecho consuetudinario policéntrico, para sustituirlo por una provisión socialista del derecho. Es el legislador el que tiene que decidir si aplicar el derecho secular o renovarlo; cualquiera de esas dos decisiones son arbitrarias, al tener la institución jurídica bajo su control. ¿Por qué mantenerlo? ¿Por qué cambiarlo? ¿Por qué cambiarlo en esta dirección y no en otra? La solución depende de su criterio, de su mente, de una información de la que carece porque, incluso, ni se ha llegado a crear.

¿Cómo descubrir las mejores normas? ¿Simplemente apelando al pasado? Las normas del pasado eran buenas para su época, ¿pero qué nos hace suponer que lo siguen siendo?
Enviado por el día 29 de Noviembre de 2005 a las 16:25 (54)
Luego me dices que el derecho pretende coordinar las relaciones sociales cuando antes me decías que no planificaba. ¿No es un poco contradictorio? ¿Acaso la coordinación ex ante de una relación social, de la necesidad de la misma y de su resultado, no supone una planificación?

Los tribunales, como tú dices, pueden sufrir una laguna de aplicación de la norma, pero no pueden suplir el hecho de que la norma sea más ineficiente que otra. Tampoco pueden resolver todas aquellas acciones creativas que, por ministerio de la norma, nunca se han llegado a emprender.

Una norma deviene obsoluta cuando la gente deja de someterse a ella, por no serle útil. Por haber descubierto nuevas formas de relación social (sí, en efecto, el derecho tiene que ver con las relaciones sociales, de ahí que convenga un derecho privado, para no nacionalizarlas) que les resultan más conveniente. Todo ello no sucede cuando el derecho se tiene que aplicar por la fuerza y por unos tribunales públicos (otra cuestión es quién salvaguarda la autoridad y el buen juicio de los tribunales si no puede quebrar y desaparecer).

Por otro lado, que una norma devenga obsoleta para un sector de la población no significa que lo sea para otro. Las normas tienen que ver con la consecuención de los fines; a fines distintos, normas distintas útiles. El legislador aporta, o prentede hacerlo, soluciones generales para todos, incapaces de discriminar o de tener en cuenta los matices individuales que surgen en un contexto descentralizado. De ahí que la abolición de una norma y su sustitución por un engendro constructivista del legislador no suponga, ni mucho menos, una solución acertada. ¿Realmente tiene el legislador que interrumpir y modificar miles de relaciones entre los individuos a través de sus mandatos coactivos?

Tampoco es cierto que ello opere más rápido que en un orden policéntrico. ¿Más rápido el que? ¿Extirpar la norma mala? ¿Y cómo sabe qué es mala? ¿Mala para quién?
Enviado por el día 29 de Noviembre de 2005 a las 16:32 (55)
Lo que interesa es que las normas cambien y se adapten a conveniencia de todos, no necesariamente que el ordenamiento jurídico sea universal y homogeneo para todos, sino que las regulaciones puedan variar según las conveniencias del individuo.

Claro que el Estado puede provocar una revolución legislativa mucho más rápida que un orden policéntrico, pero eso no me parece un punto a favor suyo. La destrucción del orden y la construcción de uno nuevo, aparte de destinado al fracaso, es muy poco respetuoso con la libertad y los fines individuales.

Por ello mismo, el derecho legislativo no permite al individuo a qué atenerse, pues siempre está en un estado de pendencia, de posible cambio o modificación completa por parte del legislador ante las demandas de los grupos sociales organizados (la Public Choice tiene bastante que decir a este respecto).

Las normas sólo se modifican en beneficio de los individuos que tengan influencia o poder suficiente para presionar al legislador. Se trata, como tú mismo también dices, de convenciones que la mayoría impone a la minoría; en otras palabras, de mandatos coactivos que pretenden que la minoría se adapte a las necesidades de la mayoría. No estamos ante un orden espontáneo que, sin imponer ningún fin, permite a todo el mundo perseguir los suyos. Es un orden centralizado, de planificación cartesiana de las instituciones.

En cambio, la formación consuetudinaria del derecho no acarrea ninguna incertidumbre, pues cada individuo establece, en cada momento, los términos de la relación con los otros individuos. Estos términos, a su vez, pueden mostrarse eficientes a la luz de otros individuos y, a partir de ahí, generalizarse. Pero un orden policéntrico de carácter consuetudinario ni mucho menos significa que la costumbre sea la solución universal, sino que mucha gente adopta la costumbre voluntariamente, en tanto le ayuda a perseguir mejor sus fines.
Enviado por el día 29 de Noviembre de 2005 a las 16:37 (56)
Por no hablar de la mayor estabilidad que caracteriza al orden consuetudinario, algo de lo que carece la organización legislativa. Hoy puedo saber -con dificulad, eso sí, pues otra característica son los montones de legislación que ni siquiera los peritos en derecho llegan a conocer- qué está permitido hoy, pero no tengo ninguna seguridad de que esto mismo esté permitido mañana. Precisamente, porque como tú dices, el legislador puede juzgar que una norma está obsoleta y cambiarla, para todo el mundo, de la noche a la mañana. Esa mayor inestabilidad rupturista y revolucionaria es lo que genera la incertidumbre y la inseguridad. Si bien aquí creo que coincidimos.

Ahora el mercado. El mercado, como tal, no existe. Bien; lo que existe y sólo puede existir son miles de transacciones e intercambios voluntarios. Eso sí existe, y sí es regulado y planificado. Por supuesto que la compraventa se ha visto pervertida y corrupta. ¿Qué ha sido de los estándares de calidad, de la garantía, del principio de precaución, de las res extra commercium, de los tributos, de los trámites administrativos o de las aduanas? Todo ello ataca de lleno la compraventa, claro que sí. Y también la ataca la cristalización de la forma de la misma y las soluciones de los tribunales basadas necesiaramente en esas normas (si bien el caso de la compraventa, por ser derecho civil donde la autonomía de la voluntad tiene bastante margen, no es de los casos más escandalosos).

Sobre el Lejano Oeste, simplemente te dejo este artículo: http://www.mises.org/journals/jls/3_1/3_1_2.pdf

Ciertamente el hombre puede llevar a la destrucción de las sociedad y, por ello mismo, no conviene darla al hombre un poder monopolístico para que pueda dar rienda suelta a sus impulsos.

Sobre los contratos, ya sé que pueden afectar a terceros (sin ir más lejos el contrato en favor de terceros), la cuestión es que como norma general los efectos quedan inter partes.
Enviado por el día 29 de Noviembre de 2005 a las 16:48 (57)
E incluso en el caso de contrato en favor de terceros, su aplicación queda supeditada a la aprobación de este último.

El caso de la propiedad no tiene nada que ver. La transmisión de la propiedad de A al patrimonio de B, se produce entre A y B. C no tenía nada que ver con la propiedad de A, por tanto su consentimiento o su opinión resulta irrelevante. Sería como decir que el derecho a la vida genera efectos sobre terceros que me querrían ver muerto. Hablamos de efectos o consecuencias jurídicas, y en ese sentido una transmisión patrimonial no genera esos efectos.

Es más, los efectos que pueda generar son de carácter voluntario, siempre que exista el derecho de separación (si no existiera no estaríamos en un orden policéntrico). Si yo mantengo relaciones comerciales con A y luego A vende su propiedad a B, me veo afectado, pero nadie me obliga a seguir relacionándome con B.

Sobre la lengua, una codificación de la lengua puede ser necesaria y conveniente. ¡Pero no una codificación pública! La diferencia entre la pública y la privada es que la primera es de aplicación obligatoria, sea buena o mala (o más bien es de aplicación obligatoria y, por tanto, será imposible que cada individuo juzgue si para él es buena o mala), las codificaciones privadas emprenden un proceso de competencia entre sí dado que los diversos individuos eligen y seleccionan las mejores, para sus usos y vivencias.

Tu definición de violencia, ya te lo he dicho antes, me sorprende. En otras palabras, según tú, si yo no decido hacer libremente lo que otro quería que hiciesa lo estoy atacando, estoy ejerciendo violencia sobre él. Creía, más bien, que la aplicación coactiva de unos principios que no deseo ES violencia.

En todo caso, si esa es tu definición de violencia, claro que los seres humanos prosperan usando la violencia. Si yo no compro al panadero de al lado de mi casa estoy siendo violento. Si no me esclavizo ante el sujeto D, estoy siendo violento...
Enviado por el día 29 de Noviembre de 2005 a las 16:55 (58)
4º No dudo que se me hayan impuestos miles de cosas, vivimos en un régimen estatalista. Ello aparte, nadie me ha impuesto el castellano (salvo, ya digo, su uso obligatorio en la escuela que resulta irrelevante en este caso) en tanto nadie me ha obligado, a través del uso de la fuerza, a aprenderlo.

No hay imposición en el siguiente caso: yo quiero hablar con la persona E que sólo sabe español, por tanto me veo obligado a aprender español. Ahí no hay imposición y el verbo "obligar es altamente engañoso", por cuanto la cuestión fundamental es que era yo quien QUERÝA hablar con E. Hablar con E era adecuado para mis fines, por tanto tuve que aprender español. Tu visión de imposición es errónea; todo medio supone una imposición para el fin. Se me impone comer todos los días, se me impone relacionarme con la gente, se me impone leer, se me impone escribir... ¡mis necesidades me lo imponen! De hecho, se me impone actuar, pues es la única manera de conseguir mis fines, pero me temo que eso no tiene nada que ver con la imposición real.

Vayamos con las normas jurídicas. Partes de un esquema altamente centralizador y unitario del derecho. Las normas jurídicas son mecanismos de interacción social, cuyo contenido concreto es acordado por las partes. Son ellas las que acuerdan obligarse para perseguir un fin que beneficia a ambas. Eso, por la misma razón que antes, no es imposición: son las partes las que han querido llegar a ese acuerdo.

Hoy en día está claro que la norma jurídica se impone al individuo (creo no haberlo negado en ningún momento), la cuestión es en el caso de un derecho espontáneo. Tú dices que al actuar todos los individudos tienen en cuenta las normas jurídicas. ¿Qué normas jurídicas? ¿Las que le propone la otra parte de la relación? Pero eso no constituye en absoluta una imposición, pues no usa la fuerza para aplicarlas.

La otra parte sólo le informa de las condiciones de la relación, pero no le impone ésta.
Enviado por el día 29 de Noviembre de 2005 a las 17:03 (59)
Lógicamente, una vez acordada la norma, no pueden sustraerse a ella, porque ellos acordaron obligarse (si bien en este punto habría que matizar algunas cosas). La cuestión es que yo puedo sustraerme de la aplicación del derecho ajeno acordando con otra persona la aplicación de otras normas.

5º La propiedad más primaria -si bien esta afirmación es gráfica pero no del todo correcta- es el propio cuerpo. De ahí que ya exista una limitación al derecho de ejecución máximo de una propiedad. En esto se fundamente, pues, el derecho de separación.

Sí, mi propuesta, siguiendo muy de cerca a Randy Barnett, es que cada propiedad privada sea un centro jurisdiccional. Dentro de tu propiedad los demás, en efecto, no pueden imponerte ninguna norma de conducta y, vice versa, a través de la actuación en tu propiedad no puedes descargar en la propiedad ajena las consecuencias no deseadas de tu acción (véase, no puedo lanzar una bomba nuclear en mi casa o no puedo emitir gases tóxicos desde mi jardín).

Sobre los "dos únicos" proveedores de la zona ya caemos en cuestiones de economía básica acerca de la legislación antitrust. ¿Qué ese eso de los únicos? ¿Existe un derecho supremo que restrinja que otro individuo pueda montar ese mismo negocio y aplcar precios inferiores? Incluso modelos neoclásicos como el de Hotelling ya establecen que el sobreprecio máximo de un productor local es equivalente al del coste de transporte. Por tanto, ¿de qué colusión inquebrantable estamos hablando? Si nos referimos a unidades jurisdiccionales libres, no hay una norma centralizadora que les impida producir un bien para el que los dos únicos empresarios del momento cargan precios desproporcionados. Por cierto, incluso siguiendo teoría de juegos puedes llegar a la conclusión de que los acuerdos de colusión son altamente inestables.

Sobre la competencia y el progreso, más de lo mismo, cada persona elige con quien relacionarse. La imposición de las relaciones sociales sí detiene el progreso.
Enviado por el día 29 de Noviembre de 2005 a las 17:10 (60)
En una economía abierta, sometida a millones de productores, no pasa nada por que alguien se niegue a contratar contigo. De hecho, en tanto se incremente el número de gente excluida, aumentan las oportunidades de beneficio para, a través de la creatividad empresarial, satisfacer a esas personas excluidas.

Y no, no es injusto -si bien primero deberías definir qué es justicia- y no supone ninguna sanción. Más bien al contrario, la sanción se impone a aquel con el que se le obliga relacionarse. Un ejemplo sencillo: te viene una chica y te propone matrimonio. ¿Estás obligado a aceptar? ¿Tienes que alegar un motivo justificado? ¿Justificado para quién? Te aseguro que los que te excluyen de su propiedad también tienen motivos "justos". Pero, si rechazas, la estás sancionando si más motivo que tu propio interés personal. ¿Qué malvado no?

Sobre el uso de la violencia, es posible, pero no consistente con un orden policéntrico, en cuanto tu eres un centro de poder independiente. Digo que es posible, pero que no queda amparado por el orden policéntrico. De la misma manera que es posible que te den una paliza en el sistema estatalista, que el Estado se absolutice sin seguir los procedimientos o que nos invada una potencia extranjera y nos esclavice.

Lo de exigir garantías se desvanece desde el momento en que se adquiere confianza entre las partes (por ejemplo, un gran almacén podría crear la categoría de "clientes habituales"). A partir de ese momento, el activo confianza sirve para eludir el coste "garantía", de ahí que defraudar a aquel con el que has adquirido confianza no salga gratis.

Y, como ya he dicho, la bondad o maldad del ser humano tiene poco que ver en esto: http://www.juandemariana.org/comentario/336/

6º El hecho de querer hacer frente a la "amenaza" asiática, ya me pone los pelos como escarpias. Otro debate es si la "Pax Americana" wilsoniana no nos trajo el comunismo y la II Guerra Mundial.
Enviado por el día 29 de Noviembre de 2005 a las 17:19 (61)
1º “El derecho civil supone una planificación de cuál es la solución y la norma adecuada para cada persona”. Falso. El Derecho civil, como regla, sólo actúa en defecto de lo que las partes hayan estipulado. Sólo cuando las partes no han previsto nada o no han previsto suficiente, y no se ponen nuevamente de acuerdo para suplir esas deficiencias, decidirá el juez con arreglo a las normas de derecho civil. Por tanto, la “autonomía empresarial” subsiste intacta, en lo que no sea contraria a la ley, a la moral o al orden público.

2º No digo que el Derecho pretenda coordinar nada. Digo que el Derecho pretende garantizar las relaciones sociales. Digo que el Derecho es un “posterius” respecto de las relaciones sociales, por tanto, no planifica “ex ante”.

3º. Las normas no son “buenas” o “malas”. Toda norma jurídica, por definición, trata de realizar los valores de seguridad jurídica y justicia. Una norma jurídica puede ser útil o inútil (por no ajustarse a la realidad social) y si es esto último, las partes la suplirán con su práctica y los tribunales con su interpretación.

4º Por definición, en Derecho privado, cuando un tribunal se pronuncia sobre una cuestión es porque las partes lo han querido así; si las partes –que son quienes mejor pueden juzgar como debería resolverse un problema- hubieran encontrado una norma más eficiente, la habrían aplicado.

5º. No veo que tiene que ver la evolución de la práctica privada del Derecho, con que éste se aplique por la fuerza y por unos tribunales públicos, cosa que viene sucediendo durante siglos, sin que, por ello, hayan dejado de evolucionar sus instituciones. No se manejan las mismas instituciones, ni del mismo modo ahora que hace cien años, por ejemplo.

Enviado por el día 29 de Noviembre de 2005 a las 20:32 (62)
6º Las regulaciones ya pueden variar según las conveniencias del individuo. Es el llamado “Willensdogma”.

7º Toda norma es una imposición de la mayoría sobre la minoría.

8º “La formación consuetudinaria del derecho no acarrea ninguna incertidumbre.” Falso. Acarrea la necesidad de probar la costumbre, cosa nada fácil. “Cada individuo establece en cada momento los términos de su relación con los otros individuos”. Sí, y en lo que no haya previsto se aplicará la costumbre. Con el problema de que habrá que probar esa costumbre y de que su contenido no estará tan definido como en una norma legal supletoria, lo que originará discrecionalidad en la aplicación del Derecho y, en fin, incrementará la inseguridad jurídica.

9º No creo que la compraventa o, ya puestos, cualquier otra institución privada se haya visto corrompida por su regulación jurídica, todo lo contrario, se han visto reforzadas. Léete la regulación de la compraventa en nuestro Cc. Y verás la sabiduría que destilan esos preceptos. Caminan a hombros de gigantes. Y ten en cuenta, una vez más, que esas reglas sólo se aplicarán en lo que las partes no se hayan puesto de acuerdo.

La cuestión de la intervención administrativa en el mercado: tributos, papeleo, aduanas, nada tiene que ver con el derecho civil, ni con la autonomía de la voluntad, ni con el negocio en sí. Y esa intervención se puede simplificar (tributos) o incluso suprimir (aduanas), sin que por ello deba desaparecer el Estado. Es una cuestión de limitar la intervención estatal.

Enviado por el día 29 de Noviembre de 2005 a las 20:35 (63)
10º Sobre el lejano oeste. Me quedo con los “caveats" del principio del texto. Con la fijación previa de los derechos subjetivos en un orden monopolístico. Con el efectivo monopolio coercitivo de esas “asociaciones”, y su vinculación última a formas de poder público, que lleva a la transformación de los distritos en soberanías. Con los puestos del Ejército que defendían las minas de la agresión exterior (indios) y con la guerra civil en Texas, que ilustra muy bien la disgregación social a la que los “invidious wolves in human form” pueden llevar, sin un orden impuesto por la fuerza.

11º ¿Y por qué hay que permitir a los individuos que den rienda suelta a sus impulsos –a todos sus impulsos-, cuando estos son pactados entre particulares?

12º Los derechos reales y los derechos de la personalidad, entre otros, son derechos erga omnes, y por tanto, vinculan a todo tercero, que está obligado a respetarlos. También para los contratos, como sabrás, algunos autores, como De Castro, hablan de un cierto deber general de respeto, sobre la base de la objetivación del derecho de crédito y de la obligación de respetar la situación derivada del crédito por todos los terceros que entren en contacto, directo o indirecto, con ella.

13º Mi definición de violencia comprende no sólo la coacción física, sino también la moral. El caso de la lengua. Evidentemente, no eres tú –angloparlante, que no hablas nada de japonés- el que ejerces violencia sobre el nipón que trata de vivir en una comunidad donde rige la institución “idioma inglés”. Es el conjunto de la comunidad en la que se habla inglés, y no otro idioma, el que excluye al que no lo habla, hasta tanto no lo acepte. O aprendes inglés o no podrás ser parte de esa comunidad. Tendrás que buscarte otra.

Enviado por el día 29 de Noviembre de 2005 a las 20:37 (64)
Efectivamente, los seres humanos prosperan a través de instituciones que imponen “de forma violenta”. Forzosa. Si quieres vivir en esta comunidad, tendrás que aceptar nuestras leyes y costumbres, nuestra lengua, nuestra moneda, en definitiva, todas las instituciones que la vertebran. Una vez aceptadas, intervendrás, como todos los demás miembros, en la evolución de esas instituciones.

La cuestión se plantea cuando “necesitas” hablar con la persona E. Y cuando esa necesidad no es voluntaria, sino que te viene impuesta, con independencia de tus deseos. Tú has necesitado hablar español, cuando ni siquiera tenías conciencia de tu existencia separada del resto del mundo. Y esa necesidad les ha venido impuesta a tus padres antes que a ti. Y, desde luego, lo has aprendido sobre la base de una serie de reglas codificadas por el grupo y de manera violenta. O llamas a las cosas por su nombre, o estás excluido.

14º “Las normas jurídicas son mecanismos de interacción social, cuyo contenido concreto es acordado por las partes”. Eso será así cuando se trate de normas derivadas de la autonomía privada. Pero si hablamos de normas consuetudinarias o de normas legales, las partes poco tienen que ver. Y ello, sin perjuicio, efectivamente, de que “in illo tempore”, unas partes (no “las”) resolvieron jurídicamente su disputa de ese modo, o de uno parecido, lo que a la postre, con modificaciones o sin ellas, generó la norma que se aplicará (en su caso) con independencia de lo que “las” partes quieran o dejen de querer.

15º Lógicamente, las normas que tienen en cuenta los individuos al actuar son las normas consuetudinarias y las legales. Las paccionadas, precisamente, son las que se negociarán, sabiendo que en lo no previsto se aplicarán las normas legales y consuetudinarias supletorias, y no otras que a la otra parte o al juez le salgan del c***.

Enviado por el día 29 de Noviembre de 2005 a las 20:39 (65)
16º Luego admites que los demás te imponen que tu propiedad no vaya más allá de lo que el respeto a la del vecino determina. Es un paso.

17º El problema es que sigues sin reconocer que los individuos pueden perseguir fines que repugnen a la conciencia social y que cuando eso sucede, el Derecho no debe ampararles. La autonomía de la voluntad no debe estar protegida cuando es contraria a los principios jurídicos y morales más básicos de la comunidad. Nadie puede renunciar a su dignidad o a sus derechos fundamentales por contrato, como nadie puede obligarse a cosas imposibles, ni concertarse con otros para dañar al prójimo. “Iuris preacepta haec sunt: honestere vivere, suum cuique tribuere, alterum non laedere”. Y eso la autonomía de la voluntad no puede cambiarlo.

Dado que el cuerpo es “la primera forma de propiedad”, ¿admitirías un contrato en el que una de las partes diera su cuerpo en garantía? ¿Permitirías pactar, como cláusula penal, la ejecución por decapitación del deudor que incumple? ¿Por qué no van a ponerse de acuerdo los proveedores de la zona –sean los que sean- para arruinar a una persona? ¿Serán esos acuerdos lícitos?

Por no entrar en el campo penal, en el que la autonomía de la voluntad se limita poco más que al aspecto pecuniario (responsabilidad civil). Y es que el castigo del infractor no interesa sólo al perjudicado, interesa a todo el grupo. Apartar al criminal de la sociedad. Servir de ejemplo para los demás. Procurar su reinserción.

18º Sigues sin reconocer el papel del Estado en la defensa de la comunidad frente a las agresiones exteriores. Y sigues sin reconocer que la imposición de relaciones sociales se produce en toda comunidad. En el enlace que me pusiste sobre el lejano oeste se ve con toda claridad. Quien no acepta esas relaciones sociales y las instituciones que las garantizan, es expulsado de la comunidad. Así de simple.

Enviado por el día 29 de Noviembre de 2005 a las 20:44 (66)
1º Falso. Basta nombrar el caso de la legítima. ¿Acaso no existen normas imperativas en el derecho civil? ¿Acaso toda la regulación de consumo no es derecho civil? Supongo que te refieres a derecho de contratos, pero incluso en el derecho de contratos hay normas imperativas que restringen la autonomía de la voluntad. ¿Acaso las donaciones se pueden hacer sin escritura pública? ¿O la compraventa de un inmueble? ¿Qué ocurre con las causas ilícitas?
2º ¿Cómo va a ser el derecho una recepción de las relaciones sociales si surge de los órganos políticos? Sólo el derecho consuetudinario surge de las relaciones sociales, el derecho positivo emerge planificadamente del Parlamento o de los órganos administrativos.
3º Si adoptamos una perspectiva utilitarista -ya no entre en el iusnaturalismo- la norma será mala cuando sea inútil, y viceversa. Por tanto, sí hay normas malas, aquellas que no sirven para cumplir su finalidad. Es más, la finalidad de las normas, en última instancia, debería ser el de promover el bienestar de los individuos, ante lo cual fracasan por pura imposibilidad del socialismo.
4º No entiendo qué punto mío critica esa matización. Pero la afirmación no es del todo correcta. Cuando se crean pautas entre las partes, éstas tampoco pueden preverlo todo y, en ese sentido, pueden surgir malentendidos o problemas además de los inicialmente previstos. De ahí que se acuda a los tribunales para que solucionen la controversia y, a partir de ahí, se genere una posible solución para el resto de normas.
5º Las instituciones pueden seguir evolucionando pero no de la mejor manera. Las instituciones monetarias están totalmente corruptas y siguen evolucionando. Algo tiene que ver la planificación del Banco Central.

Me sorprende que digas que no ves la relación entre imposición del derecho y la falta o mala evolución. Si el derecho se impone, ¿puede no aplicarse ese derecho? Y si puede no aplicarse, ¿puede experimentarse?
Enviado por el día 29 de Noviembre de 2005 a las 22:34 (67)
Aun más, no hablemos ya de la norma imperativa concreta, sino de todas las áreas de la realidad social cuya evolución paraliza. La regulación y monopolización de la moneda ha impedido su evolución y la aparición de mejores instituciones en ese campo. Se veta la actuación empresarial en determinados ámbitos sobre los que no cabe prueba y error o bien se le impone una conducta particular de la que no puede sustraerse.

El caso de los tribunales es idéntico. Las soluciones jurisprudenciales no son buenas por ser soluciones jurisprudenciales, sino porque los mejores tribunales (como las mejores empresas) continúan en el mercado; esto es, cuando un tribunal ofrece una opinión o solución satisfactoria, más gente acude a él y esa solución es libremente adoptada por las partes. En el caso de los tribunales públicos (aparte de estar obligados a resolver según normas imperativas erróneas del gobierno) no pueden verse rechazados por las partes, ergo mantienen su posición y su competencia a pesar de todos los desmanes posible que puedan hacer.

6º Las conveniencias varían según la apreciación que hace el político de distintos individuos, o los individuos se adaptan a las distintas regulaciones que unívocamente ofrece el político. Esto no tiene nada que ver con experimentación y descrubrimiento del derecho, sino con una adaptación coactiva al ya existente, bueno o malo.

7º No, repito, los contratos no suponen ninguna imposición sobre terceros. Eso es profundamente incorrecto, propio de una visión centralista, positivista y uniformadora.

8º Te equivocas con lo de probar la costumbre, nuevamente el esquema constructivista del derecho te impide ver más allá. La costumbre no se experimenta con voluntad de generalidad, sino que ciertos individuos solucionan sus problemas particulares a través de normas concretas cuyo ÚNICO objeto es resolver ESOS problemas. La cuestión es que, sin pretenderlo, esas soluciones pueden ser útiles para otros individuos con problemas similares.
Enviado por el día 29 de Noviembre de 2005 a las 22:45 (68)
A partir de ahí comienzan a exntender las buenas normas a través de un proceso competitivo. Por tanto no hay ninguna incertidumbre, porque los particulares solucionan sus problemas a través de normas particulares que, en caso de que otros particulares las aprecien útiles, las adoptarán voluntariamente como propias.

No necesariamente en lo que no haya previsto se aplicará la costumbre, ello será así, si de tal manera se ha pactado (aunque sea tácitamente, por ejemplo que llega a un acuerdo con un sacerdote cuya costumbre profesional es aplicar el derecho canónico como supletorio). En caso contrario no se aplica. Eso sería una imposición monocéntrica de una norma surgida espontáneamente; tendríamos libertad de creación pero no de aplicación, lo cual es una mejora sustancial, pero no totalmente adecuada.

Tampoco es cierto lo de que la norma no esté perfectamente definida. Si la norma supletoria de carácter consuetudinario ya existe, está tan definida como ahora. Si no existe, está tan indefinida como aquellas previsiones legales que no contemplan el caso particular.

Si las partes no pactan sobre un asunto y no hay derecho supletorio, se resuelve por los tribunales ex aequo et bono, procediendo a la creación de derecho y en su caso a la generalización del mismo.

9º Sin duda muchas reglas descansan sobre hombres de gigante, porque se produjo una "codificación" que no creación, del derecho. Por tanto, en su momento eran fruto de la sabiduría de generaciones. Si en aquel momento eran buenas se debía a que eran espontáneas, si ahora no son buenas se debe a que NO son espontáneas, esto es, que estamos aplicando normas que eran muy buenas -y que en buena medida podrían seguir siendo- pero donde hemos paralizado la prueba y el error.

Y sí, el caso de la moneda y su regulación es un paradigma de continua perversión política, en todos los sentidos.

No te estoy hablando sólo del derecho civil.
Enviado por el día 29 de Noviembre de 2005 a las 22:53 (69)
10º Un orden impuesto por la fuerza no es un orden, sino una organización. El orden son relaciones libres, mantener el orden por la fuerza significa crear y planificar el orden.

11º Creía que la cuestión era por qué debía limitarse la libertad, no por qué no debería limitarse.

12º Por supuesto que es un derecho frente a todos, pero sólo cuando entran en contacto con tu propiedad. Yo no me veo afectado por la propiedad de tu casa, simplemente porque no he intentado violarla ni lo intentaré jamás. Por tanto, yo no te debo ninguna prestación, siquiera negativa pues no entro en contacto contigo. Lo mismo puedo decir del ciudadano de EEUU. Se la deberé, en todo caso, cuando intente entrar en su propiedad o cuando me relacione con él en las condiciones que me establezca.

13º Nadie te obliga a relacionarte con nadie, de manera que no existe coacción. Sólo aprendes la lengua si te conviene (y a menos que seas un anacoreta te conviene), pero no existe ningún tipo de violencia. Ciertamente un concepto bastante peculiar de violencia: nadie me obliga a nada salvo que me convenga. Vamos, lo que dice Marx, el capitalista ejerce violencia sobre el trabajador porque, como necesita sobrevivir, en definitiva le obliga a trabajar, lo esclaviza.

14º Las normas consuetudinarias son normas fruto de la autonomía de las partes que otros, por costumbre, deciden VOLUNTARIAMENTE aplicar. Si el derecho consuetudinario es coactivo, tenemos un problema análogo, si bien no tan intenso, como el anterior. Creo que sobre este punto ya te he contestado suficientemente antes.

15º Sí, las tienen en cuenta al actuar salvo que decidan expresamente no aplicar ninguna de esas normas en caso de conflicto mediante una cláusula contractual. Pero el tema es distinto: esas normas legales no surgen de la generalización prueba-error de las experiencias individuales, y por tanto tienen un problema de cálculo económico.

Enviado por el día 29 de Noviembre de 2005 a las 23:06 (70)
16º Vamos a ver, no se qué hay que admitir. Si el derecho de propiedad es la base, ¿cómo una propiedad va a poder violar OTRO DERECHO de propiedad? Sería simplemente rídiculo y autocontradictorio con su comportamiento (desde un punto de vista jurídico, claro).

17º ¿Ves? Eso sí es violencia, no las instituciones espontáneas. Por tanto, estás diciendo que la mayoría debe imponer su modo de vida a la minoría, que tiene que someterles y planificarles su vida. El derecho deja de ser un mecanismo mediante el cual todo el mundo puede conseguir sus fines sin causar daño físico al contrario (lo del daño moral es de risa, en ese caso supongo que esta página debería ser clausurada por causar daño moral a los comunistas) a terceros, para convertirse en un instrumento de planificación constructivista. Con él se dirigen los destinos de las minorías. No en vano Hayek lo denunció severamente.

Sobre dar el cuerpo en garantía (o incluso la esclavitud) hay una fuerte discrepancia entre los libertarios. A mí, particularmente, me parece incoherente. Ya te he dicho que lo de decir "la primera forma de propiedad" es gráfico, pero no del todo correcto. Es mucho más adecuado llamar al individuo órgano jurisdiccional independiente, sobre el cual no cabe agresión.

En la práctica, claro, un contrato de esclavitud voluntaria sería imposible de impedir (ni tampoco sería deseable). El problema es cuando la esclavitud deja de ser voluntaria (el esclavo se cansa de serlo), en ese caso, en mi opinión no tiene por qué someterse, no está obligado porque en ningún momento lo estuvo.

Con la decapitación lo mismo; la aceptaría si el sujeto consintiera, no si se produce en contra de su voluntad. (Lo contrario sería prohibir el suicidio, lo cual es absurdo).

¿Cómo pueden aliarse unos proveedores para arruinar a una persona? Dime mecanismos, es sencillo. No pueden ejercer violencia física sobre él, sólo pueden discriminarle vía precios.

Enviado por el día 29 de Noviembre de 2005 a las 23:15 (71)
Y si le imponen precios superiores, ¿qué le impide a esa persona ir a otro proveedor?

Cuando me digas medidas concretas que un empresario puede adoptar para arruinar a otra persona sin ejercer la violencia física, te contestaré.

Lo del derecho penal ya te he dicho que me parece una degeneración de la restitución. A la sociedad le interesa tanto ese crimen como a mí que gane el Madrid al Barcelona o los beneficios de Repsol. Nada que rascar a no ser que sea parte. En otro caso, totalizamos las relaciones sociales.

18º ¿Y por qué voy a reconocerlo? Claro que no lo hago, entre otras cosas, porque casi siempre es un defensor muy ineficiente, costoso y además que suele volverse contra su propia población.

La expulsión no puede ir más allá de la restricción de entrar en las propiedades de los vecinos (una especie de bloqueo). Lo cual es totalmente legítimo, pero no tiene nada que ver con una expulsión, pues cada persona tiene un completo derecho de exclusión sobre su propiedad.
Enviado por el día 29 de Noviembre de 2005 a las 23:19 (72)

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