13 de Mayo de 2007
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Réplica a Igualdad Animal
Hace ya tiempo que los chicos de Igualdad Animal respondieron a la crítica que les efectué en Libertad Digital. No había tenido demasiado tiempo para responder hasta el momento, pero creo que se merecen algún tipo de réplica.
Mi argumento principal, recordemos, era que no tenía sentido conceder derechos y obligaciones a los animales porque simplemente carecían de la capacidad para seguir las normas éticas. Y quien no puede seguir estas normas éticas, no puede ser considerado sujeto de derecho.
Los de IA responden con el recurso aparentemente sencillo al caso de los niños y de los incapaces: si siguiésemos el criterio propuesto por el señor Rallo, todos los niños de edad temprana, bebés y algunos individuos con discapacidades mentales no podrían ser sujetos de derecho. Como resulta obvio, el señor Rallo demuestra que no comprende que un individuo puede ser sujeto de derecho sin tener obligaciones e independientemente de sus capacidades cognitivas e intelectuales, tal y como hoy día sucede con los recién nacidos por ejemplo.
El fundamento de que los niños tengan derechos y obligaciones surge de su potencialidad para respetarlos. Al niño debe ir dándosele capacidad de obrar conforme demuestre que puede respetar la capacidad de obrar ajena. No antes. Pero el caso es que sabemos que con su desarrollo físico y mental alcanzará esa disposición a seguir las normas éticas. De ahí que si no inicia la agresión, no pueda violentársele.
La certeza de que un cierto ser vivo alcanzará la capacidad intelectiva para cumplir las normas éticas y hacer valor sus derechos y obligaciones es imposible de determinar a priori. Ahora bien, por el motivo que sea, sabemos que en la especie humana prácticamente todos los individuos lo consiguen, mientras que ningún miembro de otras especies lo ha logrado hasta el momento (lo cual no presupone que no pueda surgir en el futuro). Por ello, tiene sentido que prevalezca la presunción de que un niño humano deba ser respetado ante su potencialidad para seguir las pautas éticas y un animal “no humano” no.
El caso de los discapacitados es un poco más complejo, ciertamente. Hay personas que carecen de la capacidad para actuar. Lo lógico sería restringirles sus facultades a aquellas áreas donde sí entienden las normas éticas. Que una persona no pueda gobernarse en todas las facetas de la vida, no significa que no entienda que no debe atacar a los demás. De hecho, si pensáramos en una persona totalmente incapaz, sin criterio ético alguno y cuyos propósitos fueran agredir en cualquier circunstancia, nos encontraríamos ante un animal salvaje con apariencia humana. ¿Deberíamos respetar sus derechos y obligaciones? No tendría demasiado sentido, ya que en cualquier momento podría atacar a los demás y no entendería la incorrección de su acción. Lo lógico sería someterlo y aislarlo de la población.
Por tanto, no es cierto como arguye IA que los derechos y obligaciones tengan algún sentido en ausencia de la capacidad para comprenderlos las pautas éticas subyacentes. Un sujeto que ni es capaz ni lo será nunca de actuar conforme a derecho, no puede ser por implicación lógica sujeto de derecho. Podremos protegerlo, mimarlo o alimentarlo; pero no como una consecuencia jurídica de su status. Y esto se aplica por completo a los animales.
IA, en cambio, prefiere utilizar el criterio de la capacidad de sentir para imputar derechos y obligaciones: El criterio que defiende Igualdad Animal para que un individuo sea considerado moralmente es que sea capaz de sentir, de experimentar sensaciones y por tanto, que pueda verse afectado por las decisiones que respecto a él se toman.
Sin embargo, esto si que no tiene ningún sentido. Sentir placer o dolor es una realidad fáctica que no afecta en absoluto a las normas éticas. Si un individuo perdiera toda capacidad para sentir, no por ello dejaría de ser sujeto de derecho mientras siguiera siendo capaz de respetar los derechos de los demás. Del mismo modo, pueda haber seres vivos con capacidad para sentir dolor pero con absoluta incapacidad para emplear y comprender las implicaciones de un comportamiento exigido y a los que, por tanto, como ya he indicado, no tiene ningún sentido atribuirles derechos.
Por ejemplo, si decimos que un león tiene derecho a la vida, lo tendrá mientras no mate a ningún otro sujeto de derecho. Por tanto, nadie DEBE matar al león PORQUE el león NO DEBE matar a nadie. El deber frente al león procede de su deber frente al resto. Ahora bien, derecho y deber no son realidades fácticas que integren la fisiología animal, sino construcciones intelectuales. El derecho se sitúa en el plano de la normatividad, es el comportamiento abstracto al que hay que acercar el comportamiento material.
Pero si los derechos y las obligaciones son construcciones intelectuales que sirve para restringir las acciones de los individuos de modo que puedan hacer sus planes compatibles entre sí, ¿podemos asignar derechos y obligaciones a quienes carecen de esa capacidad intelectual para hacerlos efectivos? ¿Qué sentido tiene exigir un acercamiento entre el comportamiento abstracto/debido y el material a quien es incapaz de concebir ese comportamiento abstracto? Obviamente ninguna y por eso el derecho a los animales “no humanos” es una invención buenista sin sustento lógico.
Este obviedad trata de refutarla IA aparte de con la consabida apelación a menores e incapaces, a la que ya nos hemos referido, con un curioso rodeo: Ser sujeto de derecho y ser capaz de entender los derechos no van necesariamente unidos. Tener un derecho no implica necesariamente tener también una obligación cuyo incumplimiento conlleve ser privado de tus derechos.
Si hablamos de normas éticas universales –a las que creo que se refieren los que proponen igualar los derechos de todos los animales- por supuesto que esas normas tienen que ser simétricas y para ser simétricas es necesario que todo derecho conlleve la obligación de respetar ese mismo derecho ajeno. Si A y B tienen derecho a la vida, pero A tiene el derecho de matar a B, entonces tenemos un problema de consistencia. A tiene derecho a la vida si B tiene el deber de no matarlo y B tiene derecho a la vida si A tiene el deber de no matarlo. Por tanto, la universalidad e igualdad de los derechos que propugna IGUALDAD animal por supuesto que requiere de una obligación paralela cuyo incumplimiento resulte en la privación de derechos.
La alternativa sin duda me resulta curiosa. Yo podría tener la obligación de respetar la vida de un león pero el león no tendría por qué tener esa misma obligación para conmigo. Lo que tenemos, claro, es la creación artificial de un derecho por el que ciertos sujetos de derecho se sitúan por encima del resto al carecer de la obligación de respetar los derechos ajenos. Esto es, por tener el derecho de violar los supuestos derechos ajenos. La brecha teórica abierta en este sistema puede aplicarse a los animales no humanos, pero también podría ampliarse a ciertos animales humanos, como los políticos. ¿Se imaginan las consecuencias de esta doctrina en un ordenamiento jurídico? En efecto, estatismo, estatismo y más estatismo.
A partir de aquí el artículo se vuelve en una maraña desorientada de palos de ciego. Por ejemplo, según IA mi argumento implicaría que los seres humanos más inteligentes y capaces de comprender la realidad tendrían derecho a esclavizar al resto. Esto es un completo despropósito.
Yo no he descrito la condición de “sujeto de derecho” como una variable dependiente de la cantidad de capacidad intelectiva. No se trata de que a más inteligencia, más derechos. En realidad, sólo he desarrollado las implicaciones del concepto “sujeto de derecho” para ver cuáles son sus fundamentos. Del mismo modo que una piedra no puede ser sujeto de derecho (porque sólo los vivos son sujetos de derecho) es necesario que los pretendidos sujetos de derecho tengan al menos la potencialidad de cumplir con los derechos y las obligaciones que se les atribuye.
El paralelismo con la situación actual de los animales es erróneo. No tenemos derecho a dominar a los animales porque seamos más inteligentes: no es que nos insertemos en el mismo sistema ético que ellos pero con mejor título. Al contrario, los dominamos porque ellos no están insertados ni pueden insertarse en ningún comportamiento ético y, por tanto, son objetos (que no sujetos) de derecho.
Ya lo expliqué en su momento, pero la finalidad última de esta universalización de derecho sin ton ni son (sin atender a la funcionalidad de esta extensión) es cargarse los derechos reales. En tanto los derechos comportan deberes y restricciones a la acción, a más derechos, menor rango de acción tendrán los individuos.
Esto tiene sentido cuando hay que competencia y rivalidad entre los fines de los individuos, ya que tienen que compatibilizarse de algún modo. Pero cuando lo que se hace es extender derechos hacia quienes carecen de fines o hacia quienes no reconocen una norma (y por tanto no pueden adaptar su comportamiento a ella), entonces estamos creando conflictos donde no existen.
Por ejemplo, IA reconoce que lo que defienden es que a la hora de alimentarnos, vestirnos, divertirnos y curarnos no lo hagamos con actividades y productos que impliquen el uso de los animales. En otras palabras, se acabó comer carne, experimentar con animales o protegernos del frío. Si hay que someter a experimentación un medicamento, en todo caso, que se aplique sobre el ser humano, nunca sobre el animal. Y olvídense de las proteínas de calidad que sólo pueden lograrse a través de la carne: aboquémonos a la soja.
Por último, en mi artículo original también critiqué a estos supuestos defensores de los animales por querer “liberar” a millones de animales que han pasado toda su vida en jaulas y que, una vez a la intemperie, morirían por manifiesta incapacidad para alimentarse o sobrevivir en un ambiente hostil.
Lo cierto es que yo no criticaba tanto el resultado como el proceso. En efecto, considero legítimo que un propietario mate a su animal; y ello aun cuando en muchas ocasiones (no siempre) sea una crueldad que me revuelva. Lo que me molesta es que esta gente empleando el tramposo lema de la “dignidad animal” quiera obligar a los propietarios a que se desprendan de sus animales, con la consiguiente e inevitable hecatombe. O dicho de otro modo, se obliga al propietario a que deje morir a su animal con la excusa de dignificarle la vida.
Los de IA, en su réplica, dan muestras sobradas de que ni les importa el bienestar de los animales ni sus supuestos derechos. La primera crítica que me hacen es que: Ignora de este modo una cuestión básica como es la oferta y la demanda. A medida que disminuye la demanda de víctimas, disminuirá la oferta de los cadáveres de las mismas.
Tiene bemoles el asunto. Vamos a ver, si ahora hay, pongamos, mil millones de animales en cautividad y hoy mismo se prohíbe tenerlos encerrados, habrá que liberarlos ipso facto. Si se les libera, sin embargo, morirán. ¿De que disminución progresiva me habla? Yo estoy diciendo que si sus medidas se impusieran, aquí y ahora, morirían casi todos los animales por cuyos derechos y bienestar dicen luchar. Pero parece que le importa más bien el “bienestar en abstracto” de la “especie” animal y no el bienestar concreto de los animales que padecerán sus medidas. Otra suerte de colectivismo.
La segunda crítica es aun más graciosa: conviene recordarle que existen refugios de animales, en donde vivirían sus vidas sin explotación, tal y como les corresponde y como les debemos.
¿Y cómo llegan a esos refugios? ¿Han ido por su propia voluntad? ¿O me está diciendo que debemos trasladar forzosamente y encerrar a unos sujetos de derecho? ¿Son estos el tipo de derechos que defiende? Ya se ve: lo que quieren no es que los animales tengan derechos, sino nacionalizarlos. Quieren su particular cortijo de variedades animales: los mismos perros socialistas de siempre, pero con distintos collares.
Comentarios
Pero yo veo una segunda cuestión también muy inquietante, y es que se quiere acercar en rango el comportamiento institivo, y por lo tanto amoral, de los animales al de carácter libre y responsable propio de las personas. De ello sólo podría derivarse una mayor aceptación, por lo menos jurídica, de los comportamientos inmorales entre las personas.
O dicho de otro modo, se obliga al propietario a que deje morir a su animal con la excusa de dignificarle la vida.
No, lo que se obliga es a restituir al animal, si ha sido secuestrado de su entorno natural le tendria que devolver alli, donde haria su vida como antes de que le secuestraran.
El ejemplo mas claro son los animales exoticos, loros, papagayos, tortugas gigantes, etc...
Si se acepta la premisa de que son sujetos de derecho, toda agresion injustificada debe ser restituida.
No tenemos derecho a dominar a los animales porque seamos más inteligentes: no es que nos insertemos en el mismo sistema ético que ellos pero con mejor título. Al contrario, los dominamos porque ellos no están insertados ni pueden insertarse en ningún comportamiento ético y, por tanto, son objetos (que no sujetos) de derecho.
Es decir, todo aquel que no esta insertado en ningun comportamiento etico es objeto de derecho.
Los niños y los discapacitados entran aqui completamente.
Si añadimos la clausula posibilista (podran insertarse en el futuro) los discapacitados seguirian ahi. Y dando por valido una clausula tan ambigua basada en un futuro que es imposible de saber, pero cuyo resultado se da ya por sabido cuando no ha ocurrido.
A los perros que no tienen "owner", en EE.UU. los matan y me imagino que alla tambien. Algun problema? Es pues una lastima pero te cuento que con el trafico que hay aqui, no puedes dejarlos deambular por las calles, porque por esquivarlos se matarian muchas personas. Por eso son masacrados los perros sin dueno y seguiran siendolo a no ser que haya alguien que quiera adoptarlos, darles de comer, vacunarlos, etc. (hay esa opcion).
Je, je, confieso que me he tomado un par de copas de vino.
Yo digo que keia es malo con los infantes y discapacitados. Mira lo que dice sobre ellos: "Y dando por valido una clausula tan ambigua basada en un futuro que es imposible de saber, pero cuyo resultado se da ya por sabido cuando no ha ocurrido."
Hola los de Igualdad Animal somos veganos es decir no utilizamos animales no-humanos en ningún ámbito: somos 100%vegetarianos (no consumimos carne, lácteos huevos), no usamos pieres cuero o lana, no asistimos a zoos, acuarios o corridas de toros y rechazamos participar en cualquier tipo de experimentación con animales no-humanos (en el caso de los que somos biólogos por ejemplo)
http://www.sensovegan.wordpress.com
http://www.igualdadanimal.org
Tratan de evitar pisar a las hormigas?
Y esa dieta...Adventistas del Septimo Dia?
Menudo dilema chico, no quisiera estar en vuestra situación.
Jejeje tranquilo en el fondo no hay que tomarselo tan en serio ya ves que al final las maquinas heredaran la tierra a ver quien se pone por los derechos de las inteligencias artificales que sea dicho si tendran por su conciencia derechos y deberes.
Sí, es algo bastante sencillo.
¨Y esa dieta...Adventistas del Septimo Dia?¨
No, veganos.
Personalmente fuera del tema de la organización considero que una de las razones principales de la discriminación hacia los animales no-humanos es la mentalidad inculcada por las religiones especialmente las judeo-cristianas la cual promueve el sexismo y el especismo.
Los adventistas del sétimo día no son la excepción, su doctrina es especista, así como la de los hare krishna.
Soy agnóstico por cierto.
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