Rawls en tela de juicio
Por Gorka Etxebarría
Cortesía de la revista Veintiuno (Fundación Cánovas del Castillo).
John Rawls, gurú de la izquierda, es uno de los teóricos políticos más conocidos, sobre todo por ser autor de la célebre Teoría de la justicia. La propuesta de Rawls, que rescata la teoría del contrato social dándole una nueva formulación, entiende que las normas de equidad se alcanzan mediante el concurso de los ciudadanos que, sin saber el puesto o estatus que ocuparán en la sociedad, deciden justamente los principios por los que "las instituciones sociales (...) distribuyen los derechos y deberes básicos y determinan la división de las ventajas derivadas de la cooperación social".
Según esta creencia, todos los hombres deben tener iguales derechos y deberes básicos y las desigualdades de riqueza y autoridad sólo "son justas si traen beneficios compensadores para todos y particularmente para los menos aptos" y si son adscritos a cargos abiertos a todos.
El contrato social
La duda inicial que puede surgirnos es por qué la gente debe aceptar ese acuerdo. Que generaciones pasadas lo firmaran no implica que las actuales tengan que rubricarlo ya que sus intereses pueden diferir de los de sus antepasados. Y esto es así porque hablar de "acuerdo presupone ser lo que casi era en su totalidad, un contrato entre la gente entonces existente y por necesidad les vincula a la gente entonces existente" , decía el constitucionalista y abogado Lysander Spooner. Es en definitiva, la cuestión de que si la razón de la obediencia al gobierno fuera mantener la palabra podríamos objetar mantenerla o no.
Otra complicación que aparece en la formulación de Rawls es que si los contratos requieren alguien que los haga cumplir, ¿cómo puede haber un contrato social que cree un órgano ejecutor del contrato sin estar asegurado su ejecución por un meta-ejecutor creado por un meta-contrato social? La regresión es infinita.
¿El resultado del acuerdo será el que Rawls cree?
Rawls pone a los ciudadanos bajo un "velo de ignorancia" (no saber cuál será su puesto en la sociedad, ni sus capacidades...) para que elijan los principios de justicia correctos (o lo que él entiende como tal) sin estar tentados de escoger los principios que más les benefician optando por aquellos adecuados para el bien común.
Pero a Rawls no se le ocurre que el resultado de ese proceso de elección podría ser otro distinto al que él defiende. Quizá su error sea disponer a los hombres como jugadores. Los más cautelosos no elegirán lo mismo que los que suelen arriesgarse hasta perder la chaqueta. Así, por ejemplo, David Gauthier entiende que bajo esas circunstancias adoptarán "una forma profundamente individualista de sociedad de mercado competitivo".
Por otro lado, al elegir un orden, éste "debe ser ya justo", pues, en palabras de R. Spaemann, "la justicia de la elección no se puede establecer mediante un cálculo de los intereses bajo condiciones fácticas". Realmente esas personas no eligen más que lo útil para ellos y, si puede parecer que eligen lo justo, hay que interrogarse acerca de si mejorar la situación de los menos afortunados no es el objeto de la justicia sino, como dice Millán-Puelles, el de la caridad y la generosidad, virtudes individuales que no pueden imponerse por la ley (aun así basta con mirar a nuestras leyes para darse cuenta de que imponen la filantropía minando las bases de la moral: elegir o no si somos virtuosos).
Sacrificando al individuo
Pese a que Rawls recoge la idea kantiana de que el hombre es un fin y no un medio para ser utilizado en beneficio de los demás, su teoría dista bastante de ser coherente con esa idea.
Rawls cree que hay que restringir el desarrollo individual a favor de los menos favorecidos, vulnerando de este modo la libertad de unos en beneficio de otros. Lo que no ve es que en un ambiente menos propicio para la libertad la capacidad creativa del individuo se ve coartada, ya que con tantas limitaciones a las posibilidades de actuar y con el incentivo a hacerse pasar por menesteroso, incapaz o parado, a nadie le apetecerá trabajar más para la sociedad. El trabajo se sustituirá por el pillaje y la creación de empresas por la fundación de grupos de presión dispuestos a presentar sus intereses como los de la gran mayoría, cuando no es así.
Aparte de este argumento, podemos añadir que el que la mayoría decida el destino de la minoría conlleva no respetar los derechos inalienables del individuo y eso es despótico. Como irónicamente comenta Nozick, "mi vida mejoraría de diversas maneras si usted decidiera convertirse en mi devoto esclavo, suponiendo que yo pudiera superar la incomodidad inicial. ¿Es la causa de mi estado actual el que usted no se convierta en mi esclavo?".
Llegados a este punto cabe preguntarse si el individuo tiene o no el derecho de aprovechar sus cualidades y con ellas quedarse con el fruto de su trabajo. Es decir, si tiene derecho a los beneficios siempre y cuando no lo obtenga por fraude, coacción o vulneración de contrato. Restringir el florecimiento de las facultades individuales -como Rawls sugiere- no sólo supone reprimir "las diferencias y la diversidad" sino que, en palabras de Hayek, también equivale a "paralizar la posibilidad de nuevos descubrimientos" . Ese sería un mundo tribal que no tendría nada que ver con la civilización de la que disfrutamos.
El capitalismo encaja mejor que la economía intervenida de Rawls en el respeto a la dignidad de cada uno (no sacrificándonos en pro de la mayoría) y permite a cada cual utilizar su mente y su trabajo para vivir de forma independiente, como les plazca, no pidiendo autorización a nadie para dirigirse como más le convenga. El libre mercado crea, en suma, un ambiente propicio para la autorrealización personal.
Desgraciadamente las regulaciones gubernamentales sobre la sociedad siguen patrones rawlsianos limitando estas ricas posibilidades. Rawls pretendía superar el utilitarismo, pero ha caído en él aun sin proponérselo yendo contra el derecho de propiedad de uno sobre su persona y los resultados de su trabajo.
El socialismo de mercado de Rawls
Rawls asegura que "teóricamente al menos un régimen socialista puede aprovechar las ventajas de una economía de mercado". Pero como agudamente puntualiza Kirzner, Rawls desconoce que desde Mises sabemos que el socialismo real fracasará inevitablemente por la imposibilidad de efectuar el cálculo económico . Así, en la teoría socialista los recursos no se pueden asignar efectivamente puesto que no se cuenta con las señales que los precios libremente formados proporcionan; o sea, no se puede ajustar la oferta a la demanda si ésta aumenta o disminuye.
Conclusión
La teoría de la Justicia de Rawls ha sido considerada como una obra maestra en la materia y como la contrapartida a Sobre la Libertad de J. Stuart Mill. Ni lo uno ni lo otro. Rawls no ha podido evitar caer en contradicciones y volver al contractualismo de Rousseau, en el que a la gente se le podía obligar a ser "libres" y someterse a la voluntad general, que era verdadera por ser fruto del consenso (¡y a la que nadie podía cuestionar!).
No olvidemos que trata de organizar la sociedad a su gusto y como Hayek resaltó, así se cae en la fatal arrogancia. Ésta consiste en descartar los hábitos, normas e instituciones que han surgido evolutivamente del interactuar humano, muy superiores a las que se elaboran "a priori", ya que llevan consigo la sabiduría de la experiencia de generaciones pasadas que por prueba y error han seleccionado aquellas que mejor han permitido el desarrollo de las sociedades y de los individuos. Creer en el poder ilimitado de la razón para encontrar la "verdad sobre todo" no es más que pura quimera. En la utopía yace el germen de la tiranía. Ya lo dejó escrito Frank Chodorov: "Cuando la gente dice 'hagamos algo al respecto' ellos quieren decir 'tomemos la maquinaria política de modo que podamos hacerle algo a cualquier otro'. Y ese otro eres invariablemente tú".
Si quieren profundizar en la teoría de Rawls les recomendamos "Justicia como equidad", que refleja de forma clara sus ideas. Ahora bien léanlo con espíritu crítico y, sobre todo, vacunados contra la falta de realismo de los intelectuales.
Bibliografía
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- T. Machan. Private rights & Public illusions. Transaction Publishers, Rutgers. The State University, New Brunswick, New Jersey 08903; pp. 16-17, 79-81 y 256-257. También se encuentra disponible en Laissez Faire Books a 19.95$.
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- J. Rawls. Teoría de la Justicia. Fondo de Cultura Económica, Méjico, 1979. Especialmente Cap. I.
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- J. Rawls, Sobre las libertades. Editorial Paidós. Col. Pensamiento Contemporáneo, núm. 9, Barcelona. Prólogo de Vitoria Camps.