liberalismo.org
Portada » Bitácoras » 1812 » La legalidad de educar en casa

20 de Diciembre de 2010

« Estado de alarma y elecciones anticipadas | Principal | Justificando la violencia »

1812
Bitácora de Daniel Rodríguez Herrera

La legalidad de educar en casa

Existen varias opiniones ilustradas, entre ellas la de José Carlos Rodríguez, que no sólo consideran que se está violando un derecho al prohibir la educación en casa, sino que además el Constitucional ha hecho sus cabriolas habituales para llegar a esa conclusión. Y estando de acuerdo en lo primero, no puedo estarlo en lo segundo.

Los jueces de izquierdas son perfectamente capaces de hacer sentencias ajustadas a derecho si el resultado les conviene. Como creo que es el caso. El TC se ha limitado a decir que en ningún sitio de la Constitución se protege ningún derecho o libertad por el cual pueda interpretarse que los padres pueden educar a sus hijos en casa en contra de lo marca la ley. Por decirlo así, la carta magna se sitúa al margen de la discusión. Y cuando es así, la decisión debe basarse en las leyes vigentes, que actualmente imponen la escolarización.

Yo no veo que en la sentencia se haya retorcido nada para llegar a esa conclusión, la verdad. Tras ver el artículo concreto de la ley de educación y el de la constitución debo reconocer que llegaría al mismo sitio. Esto no es la sentencia de la Ley de Igualdad. Pero es que nuestra Constitución dista mucho de ser perfecta en la defensa de nuestros derechos, por más que su interpretación estricta, aunque produzca sentencias como ésta, lo protegería mucho mejor que tras las numerosas sentencias del TC que la han reescrito para hacerla decir lo contrario a lo que dice.


Comentarios

 
El caso es que una máxima legal como es el in dubio pro reo, en España se ha mandado a paseo ya hace tiempo. Aquí ante la duda es el ciudadano el que tiene que joderse y es el poder político quien se sale con la suya. Y así nos va...
Enviado por el día 20 de Diciembre de 2010 a las 21:18 (1)
Comienzo con la transcripción de la "pirámide legislativa" que reconoce y garantiza la libertad de enseñanza:
CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA
Artículo 27, apartado 1.
1. Se reconoce la libertad de enseñanza
3. Los poderes públicos garantizan el derecho que asiste a los padres para que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus convicciones.
Artículo 10.
1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley ya los derechos de los demás son fundamento del orden público y de la paz social.
2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce, se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España.
DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
Art. 26
1. La instrucción elemental será obligatoria
3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

PROTOCOLO 1, ARTICULO 2 DE LA CONVENCIÓN EUROPEA DE LOS DERECHOS HUMANOS (1952)
‘A nadie será negado el derecho a la educación. En el ejercicio de cualquier función asumida en relación a la educación y enseñanza, el Estado respetará los derechos de los padres a asegurar dicha educación y enseñanza conforme a sus propias convicciones filosóficas y religiosas.’
CÓDIGO CIVIL
art. 154.
1. La patria potestad se ejercerá siempre en beneficio de los hijos, de acuerdo con su personalidad, y comprende los siguientes deberes y facultades:
1º Velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral.
Teniendo a la vista lo anterior queda muy claro que la educación en casa no es incompatible con pruebas de evaluación que realice el Estado pera "preservar" la función que se ha arrogado respecto de la educación.
Enviado por el día 21 de Diciembre de 2010 a las 11:26 (2)
En suma, la sentencia del TC constituye , sin duda, una vuelta de tuerca para asegurar que al Estado no se le escape del redil ninguna cabecita.
Veamos lo que tenemos en Derecho comparado:
Portugal. La legislación portuguesa consagra a los padres como responsables primeros de la educación de sus hijos (Ley 9/79) y prevé tres formas de desarrollar esta educación: Pública, privada y en la familia (decreto ley nº 553/80). Para optar por la opción de educación en casa, la familia ha de comunicarlo a las autoridades del área educativa y realizar pruebas de evaluación a los 4, 6 y 9 años.

Reino Unido. La educación en casa es legal en este país. La Sección 7 de "The Education Act 1996 (England and Wales) reza: Los padres de los niños en "edad escolar" les darán una educación eficiente y a tiempo completo adecuada a su edad, habilidades y aptitudes y toda la educación especial que puedan necesitar, ya sea mediante la asistencia regular a una escuela o de otra manera. Un buen número de niños se educan en el hogar en este país y existen varias asociaciones y grupos de apoyo para ellos.

Italia. El decreto legislativo de Abril de 1994 nº 297 establece en el artículo 110 que los padres pueden asumir personalmente la enseñanza (obligatoria) de sus hijos. Los padres que eligen esta opción han de demostrar capacidad económica y técnica para asumir la enseñanza de sus hijos y comunicarlo anualmente a la autoridad educativa correspondiente.
Y suma y sigue:Francia, Bélgica, Italia, Hungría, Polonia, República Checa, Lituania, Rusia, Estonia, Surafrica, Indonesia, Taiwan y un largo etc.
Enviado por el día 21 de Diciembre de 2010 a las 11:31 (3)
Por último, el Tratado para establecer Constitución Europea:
CONFERENCIA DE LOS REPRESENTANTES DE LOS GOBIERNOS DE LOS ESTADOS MIEMBROS
Bruselas, 13 de octubre de 2004

TÝTULO II - DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y DE LA CIUDADANÝA DE LA UNIÓN
ARTÝCULO II-74. Derecho a la educación

1. Toda persona tiene derecho a la educación y al acceso a la formación profesional y
permanente.

2. Este derecho incluye la facultad de recibir gratuitamente la enseñanza obligatoria.

3. Se respetan, de acuerdo con las leyes nacionales que regulen su ejercicio, la libertad de
creación de centros docentes dentro del respecto de los principios democráticos, así como el derecho de los padres a garantizar la educación y la enseñanza de sus hijos conforme a sus convicciones religiosas, filosóficas y pedagógicas.
Enviado por el día 21 de Diciembre de 2010 a las 11:34 (4)
Si bien estoy de acuerdo que los padres tienen la libertad legitima de educar a sus hijos en casa, considero que es una decision irresponsable hacia los hijos en la mayoria de los casos.

Creo que es una medida mas juiciosa en paises subdesarrollados, donde la educacion es realmente mala, si es que los padres tienen la capacidad de hacer ese trabajo.

La realidad es que no debe menospreciarse el entrenamiento que los profesores profesionales tienen. No es facil su tarea. Vivo en EE.UU. y tengo hijos varones de 6 y 8. Veo lo que hacen los profesores pues medio que obligan a los padres a revisar todas las tareas. Involucran bastante a los padres en las tareas, mas que en decadas pasadas, mas de la cuenta en mi opinion.

Fuera de las criticas (falsas) que los anarquistas interesados le hacen al sistema educativo estadounidense, yo hallo que es un sistema de ensenanza bien elaborado y muy dificil de implantar en casa con la misma capacidad. Que entrenamiento tendran los padres para educar academicamente a sus hijos! Ojo, algunos son gente ignorante que decide educar a sus hijos en casa por algun fanatismo religioso o politico. En la mayoria de los casos, padres confundidos toman la decision de educar a sus hijos en casa.

Me imagino que en España es igual y que su sistema educativo es comparativamente bueno. No hay que ni subestimar ni tampoco sobredimensionar la dificultad de un sistema de enseñanza para ninos. Opino que esta es la verdad de fondo que anarquistas y fanaticos en general ignoran para detrimento de los pequeños: Si uno le mete mucho dinero al asunto (educacion de colegio), no hay como fallar. Apostaria que paises europeos y Estados Unidos ya le meten a la educacion mas dinero del que es necesario.

El sistema educacional actual necesita ser suplementado, no reemplazado. O sea, es verdad que los padres tienen que aportar a sus hijos lo que los colegios, por x o z, no esten haciendo (y que suponemos deberian hacer).
Enviado por el día 22 de Diciembre de 2010 a las 15:06 (5)
tranquilocomp, tu comentario me demuestra que no conoces absolutamente nada acerca del homeschooling.

Lo que sí tienes es mucha imaginación, si eres capaz de imaginar que "en España es igual y que su sistema educativo es comparativamente bueno".
Y no, la calidad de la enseñanza no depende de la inversión económica.
Pero, al margen de que el sistema educativo sea más o menos bueno, lo que no tiene ninguna justificación es la imposición de la escolarización obligatoria sin dejar lugar a otras alternativas, sin dejar lugar a la LIBERTAD.
Enviado por el día 22 de Diciembre de 2010 a las 23:30 (6)
Laura mascaro, reconozco que es un tema que depende de grandes variables, que el homeschooling puede ser mejor si los padres son educados y firmes en sus propositos. Y si el sistema es muy retrogrado, incluso puede ser indispensable tener la opcion del homeschooling. Por ejemplo, se ha vuelto muy retrograda la educacion en Bolivia durante esta semana. Evo Morales acaba de pasar su "reforma educativa", cuyo objetivo es politizar a los alumnos creandoles odios y resentimientos. Que hacer en un pais como Bolivia? Ojala pudiera haber homeschooling en una encrucijada semejante, no? Es un caso extremo.

Se que, en el caso de EE.UU., gran parte de la defensa de la calidad del homeschooling esta basada en defenestrar el sistema convencional de educacion. Yo termine la secundaria en EE.UU. y mis hijos van al colegio (estatal) en EE.UU.
Mi experiencia es que eran y siguen siendo excelentes estos colegios, mas alla de que la politizacion de los alumnos sea tambien un problema (hay la "pledge of allegiance" neofascista). Si los chinos y los alemanes sacan mejores notas en ciencias, no significa que sea culpa de los colegios estadounidenses, o de los profesionales de la educacion. (Pienso que es culpa de los padres y de la industria del entretenimiento.)
Parece que los alumnos alemanes, japoneses, rusos y chinos obtienen mejores resultados academicos que los estadounidenses. Opino que un Estado te puede producir un sistema escolar aceptable, excelente para muchos, mas aun si gasta mucho dinero en el emprendimiento. Pues que se necesita para tener un buen colegio? Muchos libros, aulas, cursos, seminarios, canchas de deporte, profesores que sepan su oficio. Bueno, es tan factible esa mision que ya es como que cualquiera puede hacerlo mejor, no? Mi punto es que tampoco es tan facil. Homeschooling puede complicarse bastante. Falta experiencia (el oficio) y es dificil superar a varios profesores a la vez. Seguro se puede. Estoy de acuerdo con tu ultima oracion.
Enviado por el día 23 de Diciembre de 2010 a las 02:47 (7)
Si algunos padres pueden hacerlo mejor, magnifico.
Enviado por el día 23 de Diciembre de 2010 a las 02:53 (8)
Yo prefiero "suplementar" y "corregir", no reemplazar al colegio.
Enviado por el día 23 de Diciembre de 2010 a las 02:56 (9)
Sobre la educacion alla, yo solo miro como escriben multivac, eaco, amagi y me digo: "en España tienen buenos colegios; obviamente ese pais es el dueño del idioma."

Enviado por el día 23 de Diciembre de 2010 a las 03:15 (10)
Cide Hamete:

La legislación de otros países es eso: legislación de otros países. Aquí la ley es otra y es la aplicable. Traer cosas como la declaración de derechos humanos y tal está muy bien, pero no es aplicable legalmente. Yo no estoy argumentando que la prohibición sea justa: no lo es, y viola las libertades más elementales. Pero sí es ajustada a Derecho.

En la constitución se limita el derecho de los padres a la formación moral y religiosa. No se habla de respetar el modelo pedagógico que prefieran, que podría ser donde entrara el homeschooling. Así que ajo y agua.

(Otra cosa es que esto pueda ser ilegal según las leyes europeas. Pero eso no es cosa del Constitución, sino de los tribunales europeos correspondientes.)
Enviado por el día 12 de Enero de 2011 a las 18:54 (11)

No se admiten ya más comentarios.